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Venta de animales debe regularse para evitar que sean aniquilados.

15 dic 2021
2 min de lectura

El tráfico de especies es un crimen de dimensiones internacionales, con una demanda creciente y cuyas sanciones siguen siendo poco rigurosas a pesar de que pone en grave riesgo la supervivencia de animales en peligro de extinción y está aniquilando la vida salvaje de muchos países. El mercado ilegal de mascotas es uno de los principales factores que contribuyen a la extinción de especies en su hábitat natural, su venta local e internacional va en aumentó y ninguna de las autoridades correspondientes se profundiza en el tema. Supuestamente para combatir el tráfico ilegal de vida silvestre, realiza operativos de inspección y vigilancia, en todos los eslabones de la cadena de tráfico ilegal, extracción, transporte, acopio y comercialización, diferentes instituciones como la Fiscalía General de la República (FGR), Policía Federal Ministerial, Policías Estatales y Municipales, pero no es suficiente para parar este ilícito. Ante este flagelo que no puede ser detenido el Diputado del PRD, Jorge Gaviño Ambriz, presentó una iniciativa para que no se pueda realizar esta actividad en mercados sobre ruedas, mercados populares, domicilio u otras formas de su venta ilegal o cualquiera de las modalidades de mercados móviles, debido a que aún no están contemplados por la ley. La Ley de Protección a los Animales de la Ciudad de México (LPACM), prohíbe la venta de animales, sin embargo, a raíz del incendio en el Mercado de Sonora, se evidenció la situación de maltrato e impunidad con que son tratados los animales. Después de este acontecimiento, los mercados encontraron formas para seguir comerciando especies, con permisos vencidos y aún sin los mismos, pues únicamente representa una falta administrativa o una multa. La venta de animales no está prohibida en todos los mercados, per se, salvo que incumplan con los supuestos del artículo 28 de la Ley de Protección Animal: entrega de certificado de venta; manual de cuidados, que especifique el tipo de albergue, dieta, y tendrá que estar certificado por un médico veterinario zootecnista, además, deberá especificar los riesgos ambientales de su liberación. La iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción XXI del artículo 25 de la Ley de Protección a los Animales de la Ciudad de México, en materia de venta de animales vivos, fue consignado a la Comisión de Bienestar Animal.

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