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Suprema C. rechaza que la ministra Esquivel presente excusa al conocer el amparo de Daniel García por PP.

  • Chronos
  • 22 ene
  • 2 Min. de lectura

 La Suprema Corte evitó que la ministra Yasmín Esquivel formulé por iniciativa propia la excusa para dejar de conocer de los asuntos relacionados al caso García Rodríguez vs México.

Es un hecho público que la ministra Esquivel, en el marco de la Feria Internacional del Libro de 2022, realizó expresiones subjetivas y con un prejuzgamiento de culpabilidad hacia Daniel García y Reyes Alpízar al manifestar que: “estos angelitos estuvieron 16 años en prisión” y “es muy fácil perder la memoria y decir pobrecitos que se les pague porque los tuvimos 16 años en prisión”.

Además, consideró que eran responsables de “este feminicidio que los mantuvo tanto tiempo, afortunadamente, en prisión”. Dichas expresiones impiden que se conduzca con objetividad e imparcialidad, por ello, en octubre pasado se solicitó a la ministra presentara su excusa y dejara de ser ponente del amparo directo 5/2025 contra la sentencia de Daniel García.

La Suprema Corte resolvió la reclamación 553/2025 a propuesta del ministro Arístides Guerrero, con la que se convalida la decisión de que no sea la propia ministra quien valore su excusa, sino que se traslada a Pena sin Culpa la carga procesal de demostrar el impedimento y tramitar la recusación.

En lugar de dar trámite a la excusa, el ministro Hugo Aguilar señaló inicialmente que Pena sin Culpa había formulado la recusación. Aunque ambas figuras son similares, en la excusa son las propias personas juzgadoras las que manifiestan el impedimento para conocer de un asunto. Mientras que la recusación es un derecho para que las partes solicitan que un determinado ministro o ministra no conozca de un asunto.

La resolución es contraria a los precedentes de la Corte que distinguen las figuras de excusa y recusación. Además, constituyen una decisión de naturaleza política para evitar que la ministra Yasmín Esquivel declare estar impedida por sus declaraciones de culpabilidad.

Resulta contradictorio que la propia Corte dé un trato jurídico diferente a la misma situación ya que en el caso de la ministra Estela Ríos –a la cual se señaló debía excusarse por defender la prisión preventiva oficiosa como Consejera Jurídica de la Presidencia–, sí se dio trámite a la petición de esta organización.

Pena sin Culpa tramitará la recusación, pero no deja de observar que, con la decisión, la SCJN obstaculiza el acceso a la justicia independiente e imparcial y traslada a las víctimas la carga de acreditar el impedimento. Todo ello será documentado y puesto en conocimiento de la Corte Interamericana en el marco de la supervisión de cumplimiento de sentencia.

 
 
 

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