SCJN debe resolver contradicción de criterios tema del medio ambiente

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Segunda Sala, debe de resolver la contradicción de criterios que se refiere a la participación de las organizaciones defensoras del medio ambiente en la presentación de amparos, con el objeto de que prevalezca el interés legítimo en la defensa del ambiente como derecho humano.
La diputada del PRI, en el Congreso de la Ciudad de México (CCDMX), Tania Larios Pérez, presentó el punto de acuerdo, y la legisladora recordó que el pasado 10 de agosto de 2022, se enlistó por la Segunda Sala de la SCJN, la resolución de la contradicción de tesis 217/202.
Dijo que de reunir la votación necesaria, se podría haber establecido jurisprudencia obligatoria para todos los órganos jurisdiccionales del país sobre la posibilidad de que organizaciones ambientalistas acudan al juicio de amparo para defender el derecho a un medio ambiente sano.
Añadió que de igual forma, el 25 de enero del 2023, la Contradicción de Tesis (CT 217/2021) estaba programada para tratarse en la Segunda Sala, presidida por el ministro Alberto Pérez Dayán; sin embargo, fue retirada del listado de temas a votación. Esta, precisó, es la segunda ocasión en que esta contradicción de tesis es retirada del listado.
Por ello, el Punto de Acuerdo aprobado pide que se exhorte a que las Ministras y Ministros de la Segunda Sala inscriban y resuelvan la Contradicción de Tesis (Contradicción de Criterios) 217/2021.
Asimismo, que la Ministra Yazmín Esquivel Mossa presente el proyecto de resolución relativo a la Contradicción de tesis, (Contradicción de Criterios) mencionada en el punto resolutivo anterior y de esta forma se tutele de manera efectiva lo establecido en el Derecho Convencional, y la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con este precedente se genere una línea jurisprudencial vinculada con la tutela al derecho a un medio ambiente sano.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Segunda Sala, debe de resolver la contradicción de criterios que se refiere a la participación de las organizaciones defensoras del medio ambiente en la presentación de amparos, con el objeto de que prevalezca el interés legítimo en la defensa del ambiente como derecho humano.
La diputada del PRI, en el Congreso de la Ciudad de México (CCDMX), Tania Larios Pérez, presentó el punto de acuerdo, y la legisladora recordó que el pasado 10 de agosto de 2022, se enlistó por la Segunda Sala de la SCJN, la resolución de la contradicción de tesis 217/202.
Dijo que de reunir la votación necesaria, se podría haber establecido jurisprudencia obligatoria para todos los órganos jurisdiccionales del país sobre la posibilidad de que organizaciones ambientalistas acudan al juicio de amparo para defender el derecho a un medio ambiente sano.
Añadió que de igual forma, el 25 de enero del 2023, la Contradicción de Tesis (CT 217/2021) estaba programada para tratarse en la Segunda Sala, presidida por el ministro Alberto Pérez Dayán; sin embargo, fue retirada del listado de temas a votación. Esta, precisó, es la segunda ocasión en que esta contradicción de tesis es retirada del listado.
Por ello, el Punto de Acuerdo aprobado pide que se exhorte a que las Ministras y Ministros de la Segunda Sala inscriban y resuelvan la Contradicción de Tesis (Contradicción de Criterios) 217/2021.
Asimismo, que la Ministra Yazmín Esquivel Mossa presente el proyecto de resolución relativo a la Contradicción de tesis, (Contradicción de Criterios) mencionada en el punto resolutivo anterior y de esta forma se tutele de manera efectiva lo establecido en el Derecho Convencional, y la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con este precedente se genere una línea jurisprudencial vinculada con la tutela al derecho a un medio ambiente sano.

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