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Sí a la seguridad de los jueces, no a la justicia sin rostro: México Evalúa

  • 2 sept 2025
  • 3 Min. de lectura


EDMUNDO OLIVARES ALCALA. …………….

De acuerdo con estándares internacionales, la figura de “jueces sin rostro” vulnera derechos humanos: a un juicio justo, a la defensa y a la transparencia judicial, está esta figura sin evidencias de su eficacia y con antecedentes problemáticos en otros países.

La presidenta Claudia Sheinbaum remitió al Congreso de la Unión una iniciativa para reformar el Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP). Esto ocurrió el 20 de junio de este año y se prevé que sea aprobada próximamente en periodo extraordinario por la Comisión Permanente del Congreso.

Una vez aprobada la legislación secundaria correspondiente, los jueces que tomarán protesta hoy, lunes 1 de septiembre, deberán aplicar estas modificaciones en materia penal. No obstante, algunas de estas modificaciones contravienen los derechos humanos, conforme a los estándares del Derecho Internacional.

Entre los aspectos más controvertidos se destacan la ampliación del catálogo de prisión preventiva oficiosa y la extensión de los supuestos para proceder a detenciones en flagrancia. Asimismo, resulta especialmente preocupante la regulación de la figura de los “jueces sin rostro”.

Desde que se propuso esta reforma al Poder Judicial, especialistas académicos y diversas organizaciones civiles —entre ellas, México Evalúa— han advertido que estas medidas representan un retroceso en materia de derechos humanos y transparencia judicial.

¿Qué son los “jueces sin rostro”?- Es una figura que implica que los responsables de resolver casos vinculados a la delincuencia organizada mantengan su anonimato. La medida se presenta con el argumento de proteger la seguridad de los jueces frente al crimen organizado, pero su aplicación se considera regresiva, ya que menoscaba tanto los derechos humanos como la transparencia en el ejercicio de la función judicial.

La propuesta del Ejecutivo toma como referencia modelos implementados en países como Perú, Colombia, Brasil y El Salvador, en los que esta figura se ha utilizado para ocultar la identidad de los jueces en casos de alta peligrosidad. Sin embargo, la experiencia internacional evidencia que, lejos de mejorar la seguridad, estos mecanismos han sido empleados para perseguir a adversarios políticos. Organismos como la Corte Interamericana de Derechos Humanos han señalado que tales prácticas vulneran el derecho a una justicia independiente e imparcial.

Además de impedir que las partes conozcan la identidad y competencia de quienes las juzgan, la figura debilita la obligación del Estado mexicano de garantizar condiciones seguras para el ejercicio judicial. Cabe mencionar que, desde 2012, existe una Ley Federal para la Protección a Personas que Intervienen en el Procedimiento Penal, cuya implementación ha resultado deficiente.

En la propuesta de reforma, esta figura se encuentra contemplada en diversos artículos del CNPP (22 bis, 22 ter, 44, 131 y 134) y sugiere que un órgano administrativo determine en qué casos los jueces podrán mantener el anonimato. Por otra parte, su implementación a nivel estatal —como ya ocurre en la Constitución de Quintana Roo— agrava la situación al extender su uso a competencias locales que no le corresponden.

Recomendaciones- Considerando que esta medida vulnera principios fundamentales —como el derecho a la defensa, la publicidad de los juicios y el acceso a un juicio justo— México Evalúa propone que, en lugar de incorporar la figura de los “jueces sin rostro”, los legisladores consideren las siguientes alternativas:

Fortalecer los mecanismos existentes para proteger al personal judicial.

Sancionar efectivamente las agresiones contra jueces.

Garantizar la independencia de quienes ejercen la función judicial sin comprometer la transparencia ni los derechos fundamentales de las personas procesadas y de las víctimas.

Desde México Evalúa hacemos un llamado urgente al Congreso de la Unión para evaluar esta figura que representa un retroceso en materia de justicia abierta y derechos humanos. Proteger al personal judicial es una necesidad, pero debe hacerse sin sacrificar la transparencia, la rendición de cuentas ni el derecho de toda persona a un juicio justo.

El anonimato no fortalece la justicia, la debilita. México no necesita jueces sin rostro, necesita un sistema judicial con garantías, transparencia, integridad y confianza ciudadana.

 
 
 

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