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Regulan campañas electorales y negativas candidaturas comunes

28 may 2023
4 min de lectura

Negativas candidaturas comunesLa Comisión de Asuntos Político-Electorales del Congreso capitalino aprobó cuatro dictámenes por los que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México (CIPECM), en materia de voto de personas en postración, regulación de campañas negativas, cómputo de votos y candidaturas comunes.

Durante la tercera sesión extraordinaria de esta comisión, su presidente el diputado Marco Antonio Temístocles Villanueva Ramos (MORENA) explicó que con la reforma en materia de voto de personas en postración se busca garantizar el derecho al voto en condiciones de igualdad para las personas con alguna condición que limita su movilidad autónoma.

Reconoció que esta iniciativa fue presentada por la diputada María de Lourdes Paz Reyes (PT), y busca sentar las bases jurídicas para garantizar el voto, como eje fundamental de los derechos político-las personas en situación de postración en la Ciudad de México, “como parte de la universalidad del derecho al voto”.

El legislador detalló que esta reforma modifica la redacción de los artículos 4, 6, 36, 50, 63, 76 y 83 del código señalado, “como un tema de progresividad de derechos” para un grupo de atención prioritaria.

En esta misma sesión virtual se aprobó el dictamen por el que se reforman los artículos 4, 251, 273, 317 del CIPECM, así como los artículos 1, 3 y 8, de la Ley Procesal Electoral de la Ciudad de México, en materia de regulación de campañas negativas.

Al respecto, el diputado Villanueva Ramos señaló que esta iniciativa fue presentada por el diputado José Martín Padilla Sánchez (Asociación Parlamentaria Alianza Verde Juntos por la Ciudad) para incluir el concepto de campañas negativas “como aquellas acciones que atenten contra la reputación, la integridad, la dignidad, la intimidad y la vida privada de un candidato o candidata”, y fijar los requisitos para iniciar un procedimiento sancionador cuando esta falta sea cometida.

Indicó que durante las campañas políticas son frecuentes la propaganda y los actos de difusión que tienen fines distintos a los de informar y dar a conocer la candidatura entre las personas electoras, ya que buscan denostar a los adversarios políticos, mediante materiales y discursos que pueden atentar contra su dignidad, seguridad, privacidad o imagen pública.

Por su parte, la diputada Maxta Iraís González Carrillo (PRI) propuso una reserva para modificar el artículo 317 y adicionar un párrafo tercero, para precisar las sanciones a que se hará acreedora la persona que incurra en estas prácticas, la cual fue desechada.

Posteriormente se aprobó el dictamen por el que se reforma el artículo 459 del CIPECM,en materia de cómputo de votos, a iniciativa del diputado Villanueva Ramos para incorporar al marco normativo, el mecanismo para que los distritos cabecera de demarcación efectúen el recuento total de votos “preservando los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad y objetividad, los cuales son rectores en el sistema electoral”.

Aseguró que la implementación del recuento de votos fortalecerá la confianza en los resultados de la elección, aunado al hecho de que este procedimiento será ejecutado por personas funcionarias del Servicio Profesional Electoral Nacional, quienes son personal de carrera y personas consejeras electorales, incluyendo en su seguimiento a los representantes de los partidos políticos acreditados y, en su caso, observadores electorales.

En su oportunidad, el diputado Royfid Torres González (Asociación Parlamentaria Ciudadana) cuestionó si esta reforma sería sólo para las elecciones de alcaldías o aplicaría también para los distritos electorales, a lo que el diputado proponente le indicó que esta condición ya existe para los distritos electorales y lo que se busca es homologarla.

Finalmente, se aprobó el dictamen a la iniciativa para reformar y adicionar diversas disposiciones del CIPECM en materia de candidaturas comunes, propuesta por la diputada Elizabeth Mateos Hernández (Asociación Parlamentaria Mujeres Demócratas).

Con esta modificación se busca abundar sobre los requisitos y anexos con que deberá cumplir el convenio de candidatura común para las elecciones de jefatura de Gobierno, alcaldías y diputaciones del Congreso de la Ciudad de México, así como los términos que tendrá la autoridad para, en su caso aprobarlo y las obligaciones que tendrán los partidos políticos postulantes.

Para ello, se modifica la redacción del artículo 298 del CIPECM; y se adicionan los artículos 298 bis y 298 ter; con la finalidad de “proveer en el orden jurídico de la Ciudad de México un marco regulatorio específico y no general, tal como hoy prevalece, de los convenios de candidatura común, así como establecer las materias que serán objetos de inclusión y por lo tanto de regulación en el convenio de candidatura común”.

El diputado Torres González señaló su preocupación por que esta reforma confunde las candidaturas comunes con la transferencia de votos para la preservación del registro de partidos políticos, lo que genera inequidad e incertidumbre en las contiendas electorales.

La diputada Gabriela Quiroga Anguiano (PRD) sugirió reservas a los artículos 299, 301, 305, 306 y 306 bis para sustituir las palabras “dirigencias locales” por “dirigencias o en su caso los órganos facultados para tal efecto en términos de su normatividad interna”; y al artículo 300 para garantizar la paridad sustantiva en los convenios de coalición; de las que se desechó la primera y aprobó la segunda.

El diputado Diego Orlando Garrido López (PAN) señaló que no acompañaría este dictamen por ir en contra de la Carta Magna y la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, que están en contra de la transferencia de votos de un partido político a otro; y afirmó que esto afectaría los procesos electorales.

En tanto, el diputado Ricardo Rubio Torres (PAN) presentó una serie de reservas a los artículos 298, 306, 306 bis, 308, 308 bis, 444, para mejorar el dictamen, además de señalar su preocupación por estos cambios en los convenios de coalición: En votación de las y los legisladores integrantes de la comisión, se desechó la reserva al artículo 298; aprobaron el 306, 308, 308 bis y 444; y parcialmente aprobó el 306 bis.

La diputada González Carrillo también consideró que el dictamen va en contra de la Carta Magna y que abonaría a la “vida eterna” de los partidos políticos pequeños, por la posibilidad de transferencia de votos.

 
 
 

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