Regula inelegibilidad violentadores a cargos de las elección popular

Como un avance en la protección de los derechos de las mujeres, el pleno del Congreso capitalino aprobó el dictamen a la iniciativa para reformar el artículo 18 del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México, en materia de inelegibilidad de violentadores y deudores alimentarios.
A nombre de la Comisión de Asuntos Político-Electorales, la diputada Yuriri Ayala Zúñiga (MORENA) expuso que con esta reforma se incrementan los requisitos para ocupar un cargo de elección popular, al estipular como características de inelegibilidad el haber sido sentenciado por violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual o violencia política contra las mujeres en razón de género; haber sido sentenciado o sancionado penal o administrativamente por actos de discriminación por género, identidad o expresión de género u orientación sexual; o estar en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos o en el Registro de Personas Agresoras Sexuales.
Resaltó que con esta reforma se homologa el marco legal local con el federal, que recientemente tuvo reformas en la materia, y recordó que como integrante del Constituyente permanente, el Congreso capitalino aprobó la reforma a los artículos 38 y 102 de la Carta Magna, para suspender los derechos ciudadanos por tener sentencia firme por la comisión de delitos como violencia política contra mujeres, violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica o violación a la intimidad sexual.
“Lo anterior tiene como consecuencia que las personas que hayan cometido alguno de estos delitos no puedan ser registradas a alguna candidatura o acceder a cargos dentro de la administración pública local”, expresó.
La reforma propuesta por las diputadas Martha Soledad Ávila Ventura y María Guadalupe Morales Rubio (MORENA) busca “inhibir conductas que contribuyan a la cultura patriarcal que fomentan la desigualdad estructural entre hombres y mujeres, como son la violencia familiar y/o doméstica, la violencia sexual, el incumplimiento de las obligaciones alimentarias, porque estas conductas afectan en forma desproporcionada a las mujeres”.
El texto aprobado señala también que el objetivo es evitar que personas violentadoras de mujeres y de los derechos familiares accedan a los cargos de elección popular, por lo los partidos políticos deberán exigir a las personas interesadas en acceder a una candidatura que no hayan incurrido en alguna situación de violencia de género ni familiar.
Al razonar su voto, las diputadas Gabriela Quiroga Anguiano (PRD), Xóchitl Bravo Espinosa (Asociación Parlamentaria Mujeres Demócratas), Luisa Adriana Gutiérrez Ureña (PAN), Polimnia Romana Sierra Bárcena (PRD), Miriam Valeria Cruz Flores (MORENA), Tania Nanette Larios Pérez (PRI) y Martha Soledad Ávila Ventura (MORENA), así como el legislador Alberto Martínez Urincho (MORENA), se manifestaron a favor y pidieron avanzar en la protección de los derechos de las mujeres, en particular con la Ley 3 de 3 contra la violencia.
En lo general y los artículos no reservados, el dictamen se aprobó por unanimidad, con 50 votos a favor; mientras que con las reservas a los artículos 18, primero y segundo transitorio y al resolutivo único, propuestas por la diputada Nancy Marlene Núñez Reséndiz (MORENA), se aprobó también en forma unánime, con 46 votos a favor.

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