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Reformas a la ley de establecimientos mercantiles, para emergencias sanitarias.

  • 18 feb 2022
  • 2 min de lectura


Visto que la pandemia por COVID 19 no ha terminado y que las medidas de seguridad para disminuir los riesgos de contagio continuarán por un tiempo indeterminado, el diputado del PRI Ernesto Alarcón Jiménez propuso reformas a la Ley de Establecimientos Mercantiles de la capital, a fin de garantizar que se cumplan las medidas de prevención que determinen las autoridades cuando esté vigente una emergencia sanitaria.

El también coordinador del Grupo Parlamentario del PRI presentó al pleno del Congreso de la Ciudad de México la Iniciativa correspondiente, frente a la necesidad de vencer la pandemia por la COVID-19, pero también para estar preparados para enfrentar posibles situaciones que generen efectos similares.

La Iniciativa, que incluye sustituir la denominación de la actual Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal por Ley de Establecimientos Mercantiles de la Ciudad de México, propone reformas los artículos 10 fracciones VII, IX, X; 28 y 73 fracción II.

Las citadas reformas proponen que los titulares de los establecimientos mercantiles de bajo impacto, impacto vecinal e impacto zonal, deberán acatar las medidas que establezcan las autoridades del gobierno de la Ciudad de México en caso de declaración de emergencia sanitaria, procurando siempre el bienestar colectivo de los usuarios.

Asimismo, los propietarios de los establecimientos citados deberán prohibir el acceso a los usuarios que no cumplan con las medidas sanitarias establecidas por las autoridades del Gobierno de la Ciudad de México.

También tendrán la obligación de solicitar a los usuarios que se encuentren dentro de las instalaciones, el cumplimiento debido de las medidas sanitarias; en caso de negativa, los exhortarán a que abandonen el establecimiento, y ante una segunda negativa, solicitarán el auxilio de Seguridad Pública.

Más adelante, la Iniciativa establece que los establecimientos mercantiles con un aforo mayor a 50 personas -entre clientes y empleados- deberán instalar bebederos o estaciones con agua potable, baños y estaciones de limpieza de manos, con libre uso, así como mantener los lugares sanitizados.

En las reformas se determina que procederá la suspensión temporal de actividades en contra de los establecimientos que no acaten las medidas impuestas por el gobierno de la Ciudad de México en caso de declaración de emergencia sanitaria.

La Iniciativa fue turnada a la Comisión de Administración Pública Local, con opinión de la Comisión de Salud.

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