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Podrá expedirse el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares

30 nov 2021
4 min de lectura


Se debe de establecer procedimientos y homologar con criterios uniformes en todo el país, para resolver los conflictos más frecuentes de las y los ciudadanos en materia civil y familiar.

Los senadores Ricardo Monreal Ávila y Julio Menchaca Salazar, de Morena, presentaron una iniciativa para expedir el Código Nacional de Procedimiento Civiles y Familiares, a fin de establecer procedimientos homologados y con criterios uniformes en todo el país, para resolver los conflictos más frecuentes de las y los ciudadanos de manera sencilla, pronta y expedita.

La propuesta, enlistada en la Gaceta del Senado, busca cumplir con los términos constitucionales y con una sentencia de amparo que dieron origen a la obligación a cargo del Congreso de la Unión para expedir la legislación única en esta materia, proceso que debe culminar antes del 30 de abril de 2022.

Ricardo Monreal y Julio Menchaca señalaron que la diversidad de normas contenidas en los códigos procesales de cada uno de los estados, y del ámbito federal, ha generado diversos obstáculos para que las personas puedan acceder a una justicia expedita en la materia civil y familiar, por reglas, plazos, términos, criterios y sentencias distintas, a veces contradictorias entre sí, en relación a un mismo procedimiento o conflicto.

Ante los ojos de la ciudadanía, advirtieron, el sistema de justicia civil y familiar, en donde el papel y la integración de expedientes es el común denominador, resulta lento, incierto, discriminatorio, complicado y costoso, ya que los procesos suelen ser largos, tediosos, fríos e infructuosos para resolver el problema planteado ante los órganos jurisdiccionales.

Aunado a ello, el sistema de justicia basado exclusivamente en procesos escritos no está a la altura de las necesidades y expectativas de la ciudadanía, que busca resolver los conflictos en forma eficaz y eficiente, señalaron el coordinador parlamentario de Morena y el presidente de la Comisión de Justicia.

Los senadores destacaron que la justicia cotidiana está encaminada a resolver los conflictos del día a día, atender los problemas más frecuentes de las personas y, en general, hacer que la justicia sea más sencilla, pronta y cercana, pero esto sólo puede lograrse con instituciones fortalecidas, con procedimientos homologados y con criterios uniformes.

Por ello, es indispensable establecer una misma base regulatoria que fije los elementos necesarios para fortalecer, unificar y agilizar este tipo de justicia en todo el país, y dar a las personas una mayor seguridad y certidumbre jurídica en los procedimientos del orden civil y familiar, con la homologación de los procedimientos en todo el territorio nacional para dirimir las controversias entre particulares.

En este contexto, Monreal Ávila y Menchaca Salazar definen en la iniciativa condiciones de igualdad entre las personas justiciables que eviten discriminación; procedimientos y mecanismos judiciales orales, sencillos y efectivos para resolver conflictos y lograr el cumplimiento de sentencias y convenios; así como criterios jurídicos que garanticen mayor protección a los derechos humanos.

De esta manera, reiteraron, la iniciativa satisface las necesidades de una justicia cotidiana y abierta, pues cumple con los estándares internacionales en materia de acceso a un recurso sencillo, rápido y efectivo; con el desahogo de procedimientos en materia civil y familiar más prontos y expeditos; y el respeto absoluto a los derechos humanos.

Además, se sustenta en un sistema de impartición de justicia oral, que aprovecha las herramientas de la tecnología de la información para garantizar mayor acceso a la justicia en la solución de conflictos.

El proyecto consta de 894 artículos y once libros, ordenados progresivamente con las denominaciones “Del Sistema de Impartición de Justicia en materia Civil y Familiar”; “De la competencia objetiva y subjetiva”; “Disposiciones comunes en los procedimientos orales civiles y familiares”.

Así como “De la justicia civil”; “De la justicia familiar”; “De las acciones colectivas”; “De los recursos y juicio de responsabilidad”; “De la justicia digital”; “De la sentencia, vía de apremio y su ejecución”; “De la cooperación procesal internacional”; y “Del juicio arbitral”.

Con ello, los senadores buscan garantizar el ejercicio de aquellas prácticas procesales que privilegien el debate y la calidad de la información, en condiciones de igualdad y respeto a los derechos humanos.

Además, describen un procedimiento de carácter adversarial, democrático y oral, sustentado en una redistribución de los roles de sus principales personas operadoras, juzgadoras y litigantes, conforme a los principios de oralidad, inmediación, publicidad, igualdad, contradicción, continuidad y concentración.

Ello, permitirá procedimientos más ágiles en la medida que juezas y jueces son los moderadores y conductores del debate, en tanto que las y los litigantes son constructores del debate y las pruebas, a fin de desarrollar procedimientos de mayor calidad.

El proyecto también privilegia los medios alternos de solución de conflictos y se establecen las bases para el aprovechamiento de las tecnologías de la información en los procedimientos judiciales.

Lo anterior, con la finalidad de implementar el uso de la firma y actuaciones electrónicas, expedientes digitales, juicios en línea y audiencias a distancia, en forma adicional y en condiciones de igualdad con los formatos tradicionales en papel, expediente físico, audiencia presencial y firma autógrafa.

Asimismo, la iniciativa establece un régimen transitorio que permita a los Poderes Judiciales de cada entidad federativa la implementación del nuevo Código en forma gradual, de acuerdo con las siguientes bases:

En un plazo máximo de ocho años, se necesitaría una declaratoria del Congreso de cada estado a petición del Poder Judicial local y, en su caso, el Federal, para incorporar a su régimen jurídico interior el Código Nacional. }De esta forma, el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares no entraría en vigor hasta en tanto sea publicada la declaratoria de vigencia, misma que se realizaría una vez que, en el ámbito federal o en cada Entidad Federativa, se lleven al cabo las actividades de instalación de infraestructura física, capacitación entre las personas operadoras, socialización y difusión del nuevo ordenamiento jurídico.

Lo que permitiría que, oportunamente se asignen recursos y se prepare a todas las personas para su aplicación, conforme a la situación que se viva en cada territorio del país.

Con este fin, los senadores de Morena propusieron que el Congreso de la Unión asigne los recursos públicos necesarios para que los Poderes Judiciales, Federal y Locales, cuenten con la infraestructura tecnológica, recursos humanos y capacitación necesaria para la aplicación del nuevo Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares.

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