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Nombramientos de Hacienda facultad de la colegisladora

  • 28 ene 2021
  • 2 min de lectura

El senador Salomón Jara Cruz presentó una iniciativa para establecer puntualmente en la Constitución Política, que la ratificación de los nombramientos de las y los empleados superiores de Hacienda, es una facultad exclusiva de la Cámara de Diputados y no del Senado.

El legislador del Grupo Parlamentario de Morena señaló que de acuerdo con el artículo 74 de la Carta Magna, la colegisladora tiene la atribución exclusiva de ratificar los nombramientos de dichos funcionarios, que designe el Presidente de la República.

Esta disposición contrasta con la interpretación que admite lo dispuesto por el artículo 89, el cual incluye la facultad del titular del Ejecutivo de nombrar a las y los empleados superiores de Hacienda, pero con la aprobación del Senado.

De esta manera, la Constitución Federal observa una clara antinomia, al disponer en un precepto la ratificación de los empleados superiores de Hacienda como atribución exclusiva de la Cámara de Diputados y, en otro artículo, dicha ratificación está a cargo del Senado de la República, subrayó Salomón Jara.

A fin de evitar un eventual conflicto en la aplicación de la norma, el senador propuso preservar la fracción III del artículo 74, que dispone dicha atribución a cargo de la Cámara de Diputados, y suprimir la facultad del Senado establecida en el artículo 89.

Jara Cruz afirmó que la elaboración, análisis y expedición normativa de nuestro orden jurídico es una tarea que debe estar en constante actualización, atendiendo no sólo a la realidad social con relación a la norma, sino también cuestiones de técnica jurídica y legislativa.

La iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción III del artículo 89 de la Constitución Política, fue turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales del Senado de la República.

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