No podrán formar parte padrón personas servidoras públicas en concordancia Reglamento CDMX

La Mesa Directiva del Congreso de la Ciudad de México aprobó el acuerdo CCMX/II/MD/03/2023, mediante el cual se actualizó el padrón de las personas cabilderas registradas para esta II Legislatura. En el acuerdo de referencia se indica que se detectó en la Plataforma Nacional de Transparencia, que tres de las personas físicas y dos representantes de personas morales, se desempeñan como personas servidoras públicas. “Dentro del Padrón nos percatamos que hay personas que son servidoras públicas, por lo que en atención a las fracciones II y II del artículo 477 del Reglamento, se decidió no registrarlos, es por ello que en el presente acuerdo se hace la designación de los que conformaban el Padrón de Cabilderos y no procede la designación de los que son servidores públicos, correspondientes a tres personas físicas y dos representantes de personas morales”, aseveró el diputado Fausto Manuel Zamorano Esparza (PRI), presidente de la Mesa Directiva. En el desarrollo de la sesión presencial también se aprobó el acuerdo CCMX/II/MD/04/2023, por el cual se establecen las actividades que desarrollarán las personas cabilderas en el Congreso capitalino. En este sentido, el artículo 472 del Reglamento del Congreso señala que “por cabildeo se entenderá toda actividad que se haga ante cualquiera de las y los diputados, órgano o autoridad del Congreso, en lo individual o en conjunto, para obtener una resolución o acuerdo favorable a los intereses propios o de terceros”.

Comentarios