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MEDICOS O ESCLAVOS

  • Chronos
  • hace 4 días
  • 3 Min. de lectura

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ELIZABETH TAPIA SILVA. ………………………..

Las médicas o médicos residentes del IMSS, ISSSTE y hospitales del Gobierno de la Ciudad de México, deben formarse en un ambiente que respeten sus derechos humanos, sin discriminación ni hostigamiento, sin embargo, hasta el momento son tratados como verdaderos esclavos de la medicina.

En este caso las residentes tienen derecho a un descanso de maternidad de seis semanas antes y seis semanas después del parto, con salario íntegro, y se pueden transferir hasta cuatro semanas prenatales para después del parto. Si hay condiciones especiales como un bebé con discapacidad, el descanso postnatal puede extenderse hasta ocho semanas.

Durante el embarazo, no se deben asignar labores que impliquen esfuerzo físico peligroso como levantar objetos pesados, estar de pie por mucho tiempo, estar expuesta a sustancias nocivas, o realizar turnos nocturnos), y deben conservar su salario, prestaciones y antigüedad laboral.

Durante la lactancia, hasta seis meses, tienen derecho a dos descansos extraordinarios de media hora cada uno para alimentar a su bebé, en un lugar adecuado e higiénico.

El embarazo y la maternidad no son causa de despido; si se produce un despido injustificado, la trabajadora tiene derecho a ser reinstalada y recibir indemnización.

Está prohibido solicitar certificados de no embarazo como requisito para contratación, promoción o permanencia laboral.

Residencia médica: contexto específico que regula residencias médicas: Las médicas residentes deben formarse en un ambiente que respete sus derechos humanos, sin discriminación ni hostigamiento.

Así mismo deben tener acceso a orientación, educación, alojamiento, alimentación en guardias, áreas de descanso, remuneraciones y prestaciones, entre otros.

Sobre discriminación por embarazo: avances normativos el LFT ya prohíbe presentar certificados médicos de no embarazo (art. 133, fracción XIV).

En 2023 y 2024 se aprobaron reformas en la Cámara de Diputados y Senado aprobaron reformar la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, incorporando la discriminación laboral por embarazo, maternidad y lactancia como violencia laboral.

Esto implicará sanciones adicionales y medidas de protección para las trabajadoras y hay acciones si hay acoso o discriminación.

Si una médica residente embarazada está siendo hostigada o amenazada, puede tomar medidas concretas:

1.        Registro de incidentes: Documentar fecha, hora, lugar, personas involucradas y tipo de acoso.

2.        Canales institucionales: Informar al área de Recursos Humanos o a la Dirección del hospital o universidad donde realiza la residencia.

3.        Profedet: La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo brinda asesoría gratuita en casos de discriminación laboral, incluido el embarazo. Se puede presentar una queja formal.

4.        Derechos Humanos: También se puede acudir al Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred) por violaciones a derechos de maternidad/lactancia y formar parte de las estadísticas de queja.

5.        Asesoría legal especializada: Consultorios laborales o estudios jurídicos especializados (como Bermúdez Abogados) pueden brindar respaldo legal, incluso para buscar indemnizaciones o reinstalación.

Realidad actual. A pesar de las leyes y reformas, en muchos hospitales del IMSS y ISSSTE las residentes embarazadas siguen trabajando jornadas extenuantes, permaneciendo largas horas de pie, realizando labores de riesgo y, en ocasiones, expuestas a radiación o condiciones que ponen en peligro su salud y la de sus bebés.

Es urgente garantizar un ambiente seguro y respetuoso para las médicas residentes, especialmente durante el embarazo, y que las autoridades cumplan con la ley y protejan la salud, derechos y dignidad de quienes cuidan la vida de todos.

 
 
 

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