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Ley de Amparo evitará que PoderJudicial invada facultad Legislativo

  • Chronos
  • 10 abr 2024
  • 2 Min. de lectura

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El coordinador de los senadores de Morena, Ricardo Monreal, aseguró que las reformas a la Ley de Amparo no son anticonstitucionales, y sólo están encaminadas para que los jueces y magistrados no se extralimiten en sus facultades.

“Lo único que se está haciendo es cumplir con la Constitución, cumplir con la tradición del principio de relatividad, porque ellos no pueden invadir nuestras facultades ni funciones”, expresó.

En entrevista, dijo que se busca que el Poder Judicial no invada facultades y funciones, porque no puede declarar para efectos generales una suspensión en el hecho de derogar prácticamente una ley con una sentencia de amparo, eso es invadir las facultades del Poder Legislativo.

Lo único que estamos haciendo es que los jueces y magistrados respeten al Poder Legislativo, manifestó.

Explicó que lo que la propuesta plantea es que el juez no se extralimite, que proteja al quejoso; pero no por el hecho de promover una suspensión genere un efecto “erga omnes”, que vale para todos, “esa es la violación y eso en la práctica deroga una norma creada por el legislador”.

“Abusan y se exceden” los jueces en sus atribuciones al otorgar suspensiones con efectos “erga omnes”, ello viola el principio de la relatividad, así como el propósito de proteger a los quejosos exclusivamente que acuden a la protección de la justicia.

Subrayó que el juicio de amparo y la suspensión se mantienen, lo único que evitamos es que el juez ordene que para todos los efectos se aplique y no sólo para quien solicita la protección.

“El Poder Judicial está invadiendo facultades del Legislativo”, porque en los hechos deroga normas jurídicas creadas por el legislador, cuando no puede declarar inválida una norma, reiteró.

Recordó que las comisiones de Justicia y de Estudios Legislativos Segunda revisarán dicha iniciativa, así como las reformas a la Ley de Amnistía. “Será un debate interesante, porque no es político ni partidista, es técnico, jurídico y constitucional”.

 

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