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Impulsan propuestas de reformas a la Ley Federal del Trabajo reducción de la jornada nocturna

  • Chronos
  • 28 sept
  • 2 Min. de lectura

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Como propuestas ante el Congreso de la Unión que plantean reformas al artículo 3 de la Ley Federal del Trabajo, en materia de sobrecalificación laboral, y para reducir la jornada laboral nocturna, la Comisión de Asuntos Laborales, Trabajo y Previsión Social del Congreso capitalino aprobó dos dictámenes a las iniciativas presentadas por las personas legisladoras Adriana Espinosa de los Monteros García (MORENA) y Juan Estuardo Rubio Gualito (PVEM), respectivamente.

La comisión que encabeza el legislador Rubio Gualito aprobó por unanimidad el dictamen en sentido positivo la iniciativa ante el Congreso de la Unión para reformar el artículo 3 de la Ley Federal del Trabajo, en materia de sobre calificación laboral, presentada por la diputada Espinosa de los Monteros García.

Por otra parte, la comisión aprobó, con modificaciones, el dictamen a la iniciativa ante el Congreso de la Unión para reformar la Ley Federal del Trabajo, a efecto de reducir la jornada laboral nocturna, presentada por el propio diputado Rubio Gualito.

Al respecto, el legislador señaló que originalmente se planteaba la prohibición de jornadas nocturnas a mujeres embarazadas, sin embargo, después de un análisis profundo y un diálogo constructivo con sectores de la producción, se consideró que esta medida no debe convertirse en restricción del derecho de las mujeres sobre sus condiciones laborales y demás aspectos de su feminidad.

Por ello, se incluyó como segundo párrafo: “no se asignarán jornadas nocturnas a mujeres embarazadas o en periodo de lactancia, sin que medie su consentimiento libre, informado con independencia del tiempo de gestación o por periodo de lactancia. Las mujeres embarazadas de lactancia que cubran jornadas nocturnas, podrán optar por un cambio de turno o espacio de trabajo, sin afectación salarial”.

Con esta modificación, dijo el diputado Rubio Gualito, se ofrecen beneficios y respeta la autonomía de las mujeres “al permitirles decidir sobre su participación en jornadas nocturnas y garantizar la protección de la salud materna infantil”, al prever la posibilidad de cambio de turno o espacio de trabajo sin afectar su salario. –

 
 
 

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