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Eximir a la titular del Ejecutivo federal de su responsabilidad en el caso de un posible desacato a un mandato judicial

  • LOBO NEGRO
  • 24 oct 2024
  • 2 Min. de lectura
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La senadora del Grupo Parlamentario del PRI, Carolina Viggiano Austria, rechazó que la Consejería Jurídica de la Presidencia de la República tenga facultades para solicitar al Senado de la República un acuerdo para eximir a la titular del Ejecutivo federal de su responsabilidad como autoridad en el caso de un posible desacato a un mandamiento judicial.

La legisladora hidalguense señaló que el comunicado de la mesa directiva que fue sometido a discusión en el Pleno senatorial es una manera de querer torcer la ley para no cumplir con un mandato de una jueza que sí hace uso de sus facultades legales.

Se trata, dijo, de un simple oficio que carece de fundamentación y motivación y sí, en cambio, es un claro intento de querer justificar un incumplimiento que se pretende evadir con una triquiñuela de este tipo.

Durante la discusión del acuerdo por el que se da respuesta institucional del Senado de la República la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, Viggiano Austria sostuvo que toda esta situación se deriva porque el procedimiento se hizo a prisa, sin la debida deliberación porque no cuenta con los principios constitucionales necesarios para que una reforma de este calado pueda ser totalmente válida, bien hecha.

Por su parte la senadora Claudia Edith Anaya Mota aseguró que la Consejería Jurídica debió fundar y motivar por qué o en qué se basa para pedir esta consulta porque incluso cualquier legislador tiene que fundamentar en la Constitución, la ley o el reglamento que nos faculta para ello y en este caso no hay facultades ni de consulta ni de respuesta.

“Yo soy de la idea de que no debe de existir una respuesta a este Senado de la República. Cada quien tiene que asumir las consecuencias de sus actos con base en sus facultades de ejercicio. Dentro de cada poder que se encuentra, el ejecutivo tendrá que ejecutar con los límites que la Constitución le marca, el legislativo deberá legislar con los límites que la Constitución le marca y el judicial es el que interpreta el poder revisor y tendrá también sus propios límites”, puntualizó.

 

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