Es necesario eliminar la figura de la prisión preventiva oficiosa dañiña

La prisión preventiva oficiosa es una medida que se impone para ciertos delitos antes de llevar a cabo un procedimiento judicial, y en ocasiones los presuntos resultan inocentes, pero socialmente ya los dañaron en su imagen ante la sociedad.
Durante su exposición, el legislador panista señaló que el problema del catálogo del párrafo segundo del artículo 19 constitucional, es que en realidad se trata de un sistema “abierto”, pues dada la redacción de la parte final del enunciado, es factible, como ha ocurrido, la inclusión de una gran cantidad de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa.
El diputado panista señaló que el pasado 27 de enero, ordenó al gobierno dejar sin efecto el arraigo y adecuar la prisión preventiva a estándares internacionales, en el caso Tzompaxtle Tecpile y otros Vs. México, tras determinar que el Estado mexicano era responsable de diversas violaciones a derechos humanos por la detención de tres personas por parte de la policía en 2006.
En este mismo asunto, la Corte declaró que el Estado mexicano es responsable por la violación de los derechos a la integridad personal, libertad personal, a las garantías judiciales y a la protección judicial cometidas contra Jorge Marcial Tzompaxtle Tecpile, Gerardo Tzompaxtle Tecpile y Gustavo Robles López en el marco de su detención y privación a la libertad, como parte del proceso penal del que eran objeto.
Por ello, señaló el proponente, que es necesario eliminar esta figura, que ha servido para que muchas fiscalías abusen de la figura en perjuicio de muchos inocentes y dar cumplimiento a la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
“Esta es una medida que prejuzga la culpabilidad de las personas. Si no acatamos esta sentencia de la Corte, México corre el riesgo de ser expulsado de organizaciones internacionales y dejar de percibir apoyos internacionales” -Señaló el también integrante de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia.

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