“Diputado rubio propone modificar el Código Civil, separación de bienes”

Las capitulaciones matrimoniales pueden establecerse bajo el régimen de separación de bienes o el de sociedad conyugal, para evitar mayores problemas cuando se debe de aplicar el divorcio rozado.
El Diputado Ricardo Rubio Torres, legislador del Congreso de la Ciudad de México (CCDMX), por el Partido Acción Nacional, presentó una iniciativa con proyecto de decreto.
Pide que se reforma el artículo 267 fracción VI del Código Civil para el Distrito Federal, en materia de separación de bienes. 4
Durante el presente año, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, señaló que la figura de la compensación, sigue aplicando inclusive después de la muerte de uno de los cónyuges, aún y cuando hayan contraído matrimonio por bienes separados.
La primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que, a la luz de la interpretación del derecho de la igualdad, la figura de la compensación para el cónyuge que se haya dedicado al hogar o al cuidado de los hijos, se aplica el artículo 267 del Código Civil de la Ciudad de México, para aquellos casos en los que el matrimonio celebrado bajo el régimen de separación de bienes termine por la muerte de alguno de los cónyuges. – expuso el legislador-
El Diputado Panista, expresó que esta resolución atenta contra la institución del testamento, el cual podemos definir como un acto revocable y libre, por lo cual una persona capaz dispone de sus bienes y declara deberes para después de su muerte, asimismo atenta contra el derecho familiar y el derecho sucesorio, y contra las capitulaciones matrimoniales ya que de seguir este régimen no tendría ningún caso contraer matrimonio bajo el régimen de sociedad conyugal o de separación de bienes, puesto que de cualquier manera el otro cónyuge tendría la posibilidad de exigir compensación.
El legislador blanquiazul, señaló que esta resolución atenta contra la voluntad de las partes, y el derecho de las obligaciones y, no menos preocupante, fomenta que cada vez menos personas decidan formar una familia, puesto que este tipo de criterios desincentivan a la vida común en pareja, y
fomentan la falta de compromiso, ante la inminente pérdida de bienes del cónyuge con mayor patrimonio en beneficio del menos afortunado.
La propuesta del Diputado Ricardo Rubio, consiste en agregar un párrafo a la fracción VI del artículo 267 del Código Civil para el Distrito Federal, a fin de que la compensación que puede exigir uno de los cónyuges que celebró matrimonio bajo el régimen de separación de bienes no aplique para el caso de disolución de matrimonio por muerte de alguno de ellos.

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