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Dictamen en materia de nepotismo y no reelección prácticas debilitado la confianza en las instituciones

  • 25 feb 2025
  • 2 min de lectura


El Pleno del Senado de la República arrancó la discusión de las reformas a los artículos 55, 59, 82, 115, 116 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a fin de eliminar la reelección consecutiva de funcionarios públicos y el nepotismo electoral.

El presidente de la Comisión de Estudios Legislativos, Enrique Inzunza Cázares, afirmó que se trata de una reforma de trascendencia para la democracia para tener un sistema político electoral equitativo y justo, pues la no reelección inmediata evita la superioridad y permite nuevas candidaturas, además de no perpetuar a las personas o grupos políticos en el poder.

Mientras que la eliminación del nepotismo electoral -apuntó-, pretende que ninguna persona pueda estar en un cargo público si tiene vínculos parentales, pues lo que busca, es poner fin a los linajes o dinastías políticas, además de garantizar que el acceso al servicio público sea por méritos y no por lazos familiares, donde los apellidos no tengan más peso que la capacidad y la vocación de servicio.

El secretario de la Comisión de Puntos Constitucionales, Saúl Monreal Ávila, señaló que el dictamen marca un antes y un después, ya que erradicará prácticas que han debilitado la confianza en las instituciones, pues los cargos públicos deben ser representados por quienes están comprometidos con el bienestar del país.

La no reelección dijo, no sólo aplicaría al Ejecutivo Federal, sino a todos los niveles de gobierno, porque se requiere de un gobierno libre de intereses y cercano a la gente; en tanto que con la supresión del nepotismo electoral, refirió, se garantiza que los espacios públicos sean abiertos y se obtengan por la capacidad y no por los privilegios políticos, pues estamos “para servir y no para servirnos del poder”.

Las reformas establecen que la no reelección aplicará para las personas que hayan obtenido un cargo de elección popular, por lo que no podrán contender para el mismo cargo que están ejerciendo en un periodo inmediato posterior.

La prohibición de la reelección de las personas servidoras públicas será aplicable a partir de los procesos electorales, tanto federales como locales, a celebrarse en 2030.

En cuanto al nepotismo electoral, se propone como un requisito de idoneidad que las personas que busquen participar para un cargo de elección popular no tengan o hayan tenido en los últimos tres años anteriores al día de la elección, un vínculo de matrimonio, concubinato o relación de pareja.

Así como parentesco consanguíneo o civil en la línea recta sin limitación de grado, y en la línea colateral hasta el cuarto grado, o de afinidad hasta el segundo grado, con la persona que ocupa el cargo por el cual participarán. De acuerdo con el dictamen, dichas disposiciones serán aplicables a partir de los procesos electorales, tanto federales como locales, a celebrarse en 2027.

 
 
 

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