Deudores alimentarios y agresores sexuales impedidos servicio público

El pleno del Congreso capitalino aprobó un dictamen de las Comisiones Unidas de Igualdad de Género y de Normatividad, Estudios y Prácticas Parlamentarias, para que las personas sentenciadas por delitos de diversos tipos de violencia o estén inscritas en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, no puedan ejercer un cargo en las dependencias públicas capitalinas.
Derivado de la iniciativa presentada por la diputada Ana Francis López Bayghen Patiño (MORENA), el dictamen que reforma la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública y de la Ley Orgánica de las Alcaldías, ambos de la Ciudad de México, incluye los cargos de los órganos desconcentrados de la Administración Pública, así como las unidades administrativas de las alcaldías.
Desde la tribuna, la diputada promovente explicó que el Congreso de la Unión reformó la Constitución federal en la misma materia, pero ahora se establece también la prohibición para que quien cuente con sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal, contra la libertad y seguridad sexuales, por violencia familiar y política entre otros, no pueda ser registrada como candidata para cualquier cargo de elección popular ni ser nombrada para ningún empleo en el servicio público.
El dictamen señala que, según el Informe de la Dirección de Estadística de la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, en 2021 los expedientes ingresados en materia familiar en el tema alimenticio fueron seis mil 102, lo que en comparación con los resultados de 2020 -donde había cuatro mil 575-, representa unaumento del 33 por ciento.
La diputada López Bayghen Patiño, presidenta de la Comisión de Igualdad de Género, refirió que un alto porcentaje de los juicios en materia de pensiones alimenticias son promovidos por mujeres y madres de familia contra un padre que no cumple con la obligación de proporcionar alimentos y contribuir así a la manutención y desarrollo de sus hijas e hijos, de manera obligatoria.
El dictamen aprobado explica que la falta de pago reiterado e injustificado de pensiones alimenticias es violencia económica y representa una violación a los derechos de la comunicación niñez, y aunque puede pasar desapercibida debido a que no deja un rastro evidente, tiene cifras alarmantes, pues más de 13.4 millones de mujeres mexicanas la han padecido en algún momento de su vida.
“Las personas servidoras públicas deben ejercer y defender los valores, derechos y garantías, así como cumplir las obligaciones que en la legislación mexicana se marcan; y conducirse en el marco de la legalidad en todos los aspectos de su vida, tanto pública como privada”, concluyó la legisladora.

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