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Ciudadanía podrá observar jornada anticipada de opinión de la Consulta de Presupuesto Participativo 2025

  • Chronos
  • 15 jul
  • 2 Min. de lectura

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Las personas que, al momento de su registro como observadoras para la Consulta de Presupuesto Participativo 2025, soliciten observar la Modalidad Digital de Opinión de la ciudadanía en estado de postración y en prisión preventiva podrán participar no sólo en la jornada consultiva presencial, sino en las actividades de la jornada anticipada que se realizará entre el 4 y el 14 de agosto de 2025.

Por primera vez, la ciudadanía en estado de postración y en prisión preventiva emitirá su opinión para elegir un proyecto de Presupuesto Participativo en beneficio de su comunidad y las personas observadoras acreditadas podrán dar seguimiento a la labor que realizará personal del IECM en domicilios particulares y en centros penitenciarios para esa finalidad, de conformidad con lo dispuesto en el Modelo de Operación para la emisión de la Opinión Anticipada (Acuerdos IECM/ACU-CG-052/2025 e IECM/ACU-CG-075/2025).

La Convocatoria prevé que, para acreditarse como observadoras, las personas deberán contar con la ciudadanía mexicana y el pleno goce de sus derechos civiles y políticos; presentar la solicitud correspondiente, acompañada de la copia legible de su credencial para votar y una fotografía digital reciente en tamaño infantil, además de acreditar un curso de capacitación sobre las diferentes etapas de la Consulta.

De acuerdo con el documento “Consideraciones para las Modalidades de Opinión Anticipada de la Consulta de Presupuesto Participativo 2025”, presentado en la Sexta Sesión Ordinaria de la Comisión Permanente de Organización Electoral y Geoestadística, además de estos requisitos, las personas observadoras acreditadas y que solicitaron observar la jornada anticipada deberá cumplir con lo siguiente:

Una vez acreditada como observadora, solicitar su integración a la lista de personas interesadas en observar la modalidad de la opinión anticipada, a más tardar el 21 de julio de 2025. La solicitud se puede hacer vía correo electrónico o de manera presencial. Para el caso de las actividades para recabar la opinión de personas en prisión preventiva, se deberá acudir a las Direcciones Distritales 1, 19, 25, 29 y 31 y, para recabar la opinión de personas en estado de postración, a la Dirección Distrital a la que pertenezca el domicilio de la o el solicitante.

-          En ambas modalidades de observación, una vez recibido el correo electrónico de la Dirección Distrital correspondiente, deberán confirmar su participación, a más tardar el 24 de julio de 2025.

-          Participar en el curso de capacitación que impartirán las personas Subcoordinadoras de Educación Cívica, Organización Electoral y Participación Ciudadana de las Direcciones Distritales, entre el 25 y el 28 de julio de 2025.

-          Para el caso de las personas observadoras acreditadas que participen en la Modalidad Digital de Opinión de las personas en prisión preventiva deberán atender los requisitos que solicite la Secretaría de Seguridad Ciudadana.

Una vez cumplidos estos requerimientos, la Dirección Distrital a la que ingresó su solicitud confirmará a la persona observadora la fecha, horario y lugar de su participación.

A más tardar el 31 de julio quedarán integradas las listas de personas observadoras conforme al orden en que se registraron. Esta relación de personas que observarán las actividades para recabar la opinión anticipada de personas en prisión preventiva será compartida con la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México.

 
 
 

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