Buscan que los delincuentes paguen defensoría de víctimas en la CDMX

A nivel federal, la Ley General de Víctimas establece como reparación del daño “, el pago de los gastos y costas judiciales del Asesor Jurídico cuando éste sea privado”.
Elizabeth Mateos Hernández, Diputada del Congreso de la Ciudad de México dijo que ante la imposibilidad de pagar un defensor, las víctimas de delitos no denuncian, por ello es urgente que la Ley de Víctimas de la Ciudad de México, en materia de Reparación Integral a Víctimas sea armonizada con la Ley Federal, a fin de que el delincuente o agresor sea quien absorba los honorarios del abogado.
En tribuna, la también coordinadora de la Asociación Parlamentaria Mujeres Demócratas destacó, la necesidad de que la Ley de Víctimas de la Ciudad de México, contemple la forma de reparación del daño, para que cualquier víctima de un delito contrate a un abogado privado a su libre elección, y de igual forma, el Estado actúe cuando haya violaciones a los derechos humanos.
Así, -dijo- el agresor o delincuente será quien absorba los honorarios del defensor de la víctima, independientemente de lo establecido en el artículo 61 de dicho ordenamiento, como lo es la reparación del daño sufrido en la integridad física o moral de la víctima; el pago de los salarios o percepciones correspondientes, cuando se cause incapacidad para trabajar en un oficio, arte o profesión; la indemnización por los daños patrimoniales generados; el pago de los tratamientos médicos o terapéuticos que sean necesarios para la recuperación de la salud psicológica y física de la víctima, entre otros.
Mateos Hernández explicó que “muchas víctimas no denuncian un delito por la falta de dinero para pagar un defensor jurídico privado, peor aún las mujeres que viven violencia familiar e infortunadamente tienen dependencia económica hacia el agresor, porque siempre se han dedicado al hogar y como jefas de familia no son remunerados sus labores, se limitan por miedo a éste y aun cuando existen los defensores públicos, que actúan en pro de las víctimas, se encuentran saturados por la gran carga de trabajo existente”.
La integrante de la Junta de Coordinación Política subrayó que, a nivel federal, la Ley General de Víctimas establece como reparación del daño, además de lo estipulado en su artículo 64, “El pago de los gastos y costas judiciales del Asesor Jurídico cuando éste sea privado”. A diferencia de la local, la cual no lo contempla, a pesar de que el Transitorio Séptimo de la Ley General establece: en un plazo de 180 días naturales los Congresos Locales deberán armonizar todos los ordenamientos locales relacionados con la presente Ley.
En la Ciudad de México en 2021, la tasa de delitos por cada cien mil habitantes, fue de 45,336, de acuerdo a la Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública 2022, entre ellos el robo en calle o en el transporte público, fraude, extorsión, amenazas verbales, lesiones, robo en casa habitación, y violencia familiar.
De ahí la importancia de que en la Ley de Víctimas de la Ciudad de México contemple esta forma de reparación del daño, apuntó la diputada y recordó que con esta iniciativa no solo se beneficia a las víctimas de violencia familiar, sino a quienes han sido víctimas de algún otro delito o violación a sus derechos humanos.
“Las personas no decidieron ser agredidos y por tanto no tienen por qué hacer erogación alguna para tener acceso a la justicia; sin embargo, el imputado o delincuente sí decidió tener este carácter; es decir, decidió robar, decidió extorsionar, decidió violar, agredir, violentar. Por ello, el agresor es quién debe pagar y reparar el daño y la víctima debe contar con su derecho al acceso a la justicia y a elegir libremente a su representante jurídico”, finalizó

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