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Avanza reforma para prohibir cartas de antecedentes no penales para ingreso y ascenso en empleos.

  • 9 dic 2021
  • 2 min de lectura


La Comisión de Trabajo y Previsión Social aprobó, por unanimidad, una reforma que prohíbe a los patrones o a sus representantes solicitar o exigir la presentación de cartas de no antecedentes penales para el ingreso, permanencia o ascenso en el empleo, salvo en los supuestos establecidos por los ordenamientos legales.

El proyecto, avalado por este órgano legislativo que preside el senador Napoleón Gómez Urrutia, modifica las fracciones I y XVII, y adiciona la fracción XVII Bis al artículo 133 de la Ley Federal del Trabajo.

Con ello, se establece expresamente que queda prohibido “solicitar o exigir la presentación de cartas de no antecedentes penales para el ingreso, permanencia o ascenso en el empleo, salvo en los supuestos establecidos por el artículo 27 fracción IV de la Ley Nacional de Ejecución Penal”.

Además, se prohíbe a patrones o a sus representantes realizar cualquier acto tendiente a ejercer control sobre el sindicato al que pertenezcan sus trabajadores.

Así como “negarse a aceptar trabajadores por razón de origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil, antecedentes penales o cualquier otro criterio que pueda dar lugar a un acto discriminatorio”.

En su intervención, el senador César Arnulfo Cravioto Romero, quien presentó la iniciativa, llamó a que haya una efectiva reinserción social para quienes han cumplido una sentencia penal y consideró que solicitar cartas de antecedentes penales es un acto discriminatorio y se crean barreras para que ese sector de la población pueda encontrar empleo.

Las y los senadores integrantes de la Comisión de Trabajo y Previsión Social reconocieron los alcances de la reforma al reinsertar a la vida laboral a quienes cumplieron una condena.

En la misma sesión de trabajo, aprobaron reformar la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, con la que se obliga a los titulares de las dependencias integrar los expedientes de los trabajadores y remitir los informes que se le soliciten para el trámite de las prestaciones sociales, dentro de los términos establecidos.

Asimismo, prohíbe discriminar por razón de origen étnico, género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o antecedentes penales para el ingreso, permanencia o ascenso de los trabajadores.

De igual forma, y a propuesta del presidente de la Comisión de Trabajo y Previsión, Napoleón Gómez Urrutia, se aprobó el proyecto por el que se declara el 20 de septiembre de cada año como el “Día Nacional de la Democracia Sindical”.

En ese sentido, “la Secretaría de Trabajo y Previsión Social deberá realizar los trabajos pertinentes para difundir los avances y los retos en materia de democratización sindical en México.

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