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Aprueba IECM reglamento fortalecer trabajo COPACO y Coordinadoras PC

21 jun
2 min de lectura

El Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) aprobó el Reglamento de las Comisiones de Participación Comunitaria (COPACO) y de las Coordinadoras de Participación Comunitaria, con el propósito de fortalecer la organización, funcionamiento, transparencia y eficacia de estos órganos de representación ciudadana en las Unidades Territoriales de la capital del país.

La nueva normativa actualiza de manera integral el marco regulatorio que regía desde 2019, a partir de la experiencia acumulada en el funcionamiento de las COPACO y de los hallazgos obtenidos mediante grupos focales, reuniones de trabajo y el seguimiento institucional realizado por el Instituto Electoral.

Entre las principales innovaciones destaca la incorporación de un sistema integral de responsabilidades, que regula procedimientos para la atención de controversias y sanciones derivadas del incumplimiento de obligaciones. Este sistema contempla requisitos de procedencia, supuestos de desechamiento y sobreseimiento, criterios de valoración de pruebas, elementos para la determinación de las sanciones (amonestación, separación temporal y remoción), notificaciones e impugnación ante el Tribunal Electoral.

Asimismo, se establece la conciliación como una etapa obligatoria para privilegiar la construcción de acuerdos y la solución pacífica de diferencias al interior de las Comisiones de Participación Comunitaria, con excepción de los casos relacionados con violencia en razón de género.

Por primera vez, este marco regulatorio incorpora disposiciones específicas para la atención de la violencia en razón de género, al establecer su atención prioritaria, prohibir la conciliación en estos casos y prever la aplicación de los protocolos institucionales correspondientes, con enfoque de derechos humanos.

La normativa también fortalece la organización interna de las COPACO mediante reglas más precisas sobre integración, sesiones, votaciones, representación y funcionamiento, al tiempo en que incorpora mecanismos para el uso de herramientas digitales y una gestión documental más eficiente y transparente, en tanto tienen la obligación de integrar y resguardar archivos, documentación que deberán entregar al concluir la gestión. Además de las atribuciones previstas en la ley, el Reglamento refuerza su papel como órgano comunitario de seguimiento en la ejecución del Presupuesto Participativo.

En materia de representación ciudadana, el ordenamiento redefine a las Coordinadoras de Participación como instancias de interlocución entre las Comisiones de Participación Comunitaria, las alcaldías y el Gobierno de la Ciudad de México –en cada una de las 16 demarcaciones–, e incorpora una Junta de Representación y áreas de trabajo especializadas para fortalecer su funcionamiento.

Igualmente, prevé la integración de una lista de reserva conformada por las personas candidatas que hayan obtenido al menos un voto en la Jornada Electiva Única y no hayan resultado electas, con el propósito de facilitar la sustitución ordenada de integrantes ante vacantes temporales o definitivas y garantizar el funcionamiento permanente de las COPACO.

La aprobación de este documento responde a la necesidad de fortalecer los mecanismos de participación ciudadana en la Ciudad de México y brindar mayores herramientas para que las COPACO y las Coordinadoras de Participación Comunitaria desarrollen sus funciones con certeza jurídica, eficacia, transparencia y una participación comunitaria más efectiva.

El Reglamento de las Comisiones de Participación Comunitaria y de las Coordinadoras de Participación Comunitaria, y su Anexo, contó con la opinión favorable de la Comisión Permanente de Normatividad y Transparencia, aprobada mediante acuerdo CNyT/23/2026.

 

 
 
 

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