Agilizar trámites, proponen reformas a la Ley Federal

A septiembre de 2021, el INAI acumuló 285 mil de solicitudes de acceso a la información a sujetos obligados del ámbito Federal, un incremento de 20 puntos porcentuales respecto al año anterior y superó los niveles previos a la crisis sanitaria
A fin de facilitar y garantizar el acceso a la información donde se privilegien mecanismos expeditos sobre la burocracia que ha proliferado en el sistema jurídico, Elizabeth Mateos Hernández propuso reformas a la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
La coordinadora de Mujeres Demócratas expresó que, en el Informe de Actividades del INAI 2021, el acumulado de solicitudes de acceso a la información a sujetos obligados del ámbito Federal al cierre del informe, es decir, a septiembre de 2021, fue de poco más de 285 mil, un incremento de 20 puntos porcentuales respecto al año anterior y superó los niveles previos a la crisis sanitaria.
Respecto a las impugnaciones -dijo- el Instituto recibió más de 17 mil inconformidades en materia de acceso a la información, lo cual implica un crecimiento de 19.2% comparado con el periodo anterior y 2 mil 500 medios de impugnación sobre datos personales, con un total aproximado de casi 20 mil recursos, que las 7 ponencias a resolver en dicho año.
La legisladora explicó que la burocracia frena el trabajo, de ahí la importancia del proyecto de decreto propuesto al Congreso de la CDMX, que pretende agilizar y dar cauce a las inconformidades por parte de la ciudadanía, respecto a los retrasos de las solicitudes de acceso a la información.
La Iniciativa propuesta, abundó, tiene por objeto establecer que una vez admitido el recurso de revisión correspondiente en materia de acceso a la información, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, y los Organismos garantes, podrán buscar una conciliación entre el recurrente y el sujeto obligado para privilegiar la solución del conflicto sobre los formalismos procedimentales, así como su metodología correspondiente, en armonía con lo establecido en el artículo 107 de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados.
La conciliación, explicó la integrante de la Junta de Coordinación Política, se constituye como una alternativa no jurisdiccional para resolver conflictos; no obstante, con excepción de la etapa de conciliación, cuando el titular sea menor de edad y se hayan vulnerado alguno de los derechos contemplados en la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, vinculados con la Ley y el Reglamento, salvo que cuente con representación legal debidamente acreditada.
Es importante, garantizar el pleno ejercicio del derecho humano de acceso a la información, tal como se hace en el de protección de datos personales, ello ante el evidente aumento de carga procesal que el INAI enfrenta hoy en día, finalizó Elizabeth Mateos.

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