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Corrupción intentar cooptar a integrantes de las COPACO

3 may 2020
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orrupción intentar cooptara integrantes de las COPACOPedimos que se respeten sus derechos sociales y políticos como beneficiarios de programas sociales, pero que, de ninguna manera, esto implique un mal uso de los recursos con fines partidistas o políticos que nada tienen que ver con ser representante ciudadano.El diputado de Morena en el Congreso de la Ciudad de México, Martín Padilla Sánchez, hizo un llamado a representantes populares y a funcionarias y funcionarios de todos los órdenes y niveles de gobierno a abstenerse de corromper a los integrantes de las Comisiones de Participación Comunitaria (COPACO) a través del otorgamiento de dádivas, amenazas o promesas.“Pedimos que se respeten sus derechos sociales y políticos como beneficiarios de programas sociales, pero que, de ninguna manera, esto implique un mal uso de los recursos con fines partidistas o políticos que nada tienen que ver con ser representante ciudadano”, subrayó el presidente de la Comisión de Participación Ciudadana del Congreso capitalino.Dejó en claro que desde el Congreso de la Ciudad se vigilará que los miembros de las COPACO cumplan con sus tareas ciudadanas y no sean utilizados por los 16 alcaldes de la capital del país para desviar recursos y programas sociales para llevar agua a sus molinos.“Que los gobiernos quieran aprovechar la crisis sanitaria que vive la Ciudad para condicionar programas sociales o algún otro apoyo, es anti-ético y falto de sentido humano, porque estos momentos son para ayudar a que se supere esta situación sin intentar sacar raja política”, aseveró.Señaló que la Ley de Participación Ciudadana de la Ciudad de México, que entró en vigor el 12 de agosto del 2019, establece que como órgano de representación ciudadana en cada Unidad Territorial exista una COPACO que, según el artículo 84 del ordenamiento, tienen como fin representar los intereses colectivos de las personas habitantes, así como conocer, integrar, analizar y promover las soluciones a las demandas o propuestas de los vecinos en su ámbito territorial, entre otras facultades y obligaciones.El legislador por la Alcaldía de Miguel Hidalgo recordó que, durante la elaboración de esta Ley, uno de los problemas que más manifestaban las vecinas y vecinos era la cooptación, el funcionamiento parcial y desigual de sus integrantes, es decir, que una vez que las personas formaban parte de los antes denominados Comités Ciudadanos, el actuar de algunos iba desviándose, siempre en favor de algún partido político, representante popular o autoridad de gobierno.Este lamentable hecho, hacia que la comunidad dejara de creer en la utilidad de estos órganos, que son de suma ayuda para resolver conflictos y mejorar la vida en las colonias, dijo.Por esa razón, agregó, en el artículo 93 de la nueva Ley de Participación Ciudadana se establecieron restricciones para poder desempeñarse como integrante de los órganos denominados COPACO, como por ejemplo que no se podrá hacer uso del cargo como representante ciudadano para realizar proselitismo o condicionar en favor de algún partido político, coalición, precandidatura, candidatura o representantes populares, tampoco se podrá hacer uso de programas sociales de la Alcaldía o del Gobierno de la Ciudad de México o federales, con fines electorales.De igual forma se restringe la acción de tramitar o gestionar programas sociales, como intermediarios, para después ser entregados a la ciudadanía, abundó.No obstante, destacó que se debe tomar en cuenta que formar parte de una COPACO no restringe ningún derecho social o político de las personas, ya que estos están garantizados en la Constitución Federal, y en la Constitución de la Ciudad de México, derechos ciudadanos que son inalienables, que ninguna Ley secundaria puede reformarse para prohibir que alguna persona acceda a programas.Sin embargo, aclaró que lo que se restringe es usar la figura de integrante de COPACO para coaccionar o para desvirtuar cualquier programa de gobierno, no solo los programas sociales.Las COPACO, fueron creadas para representar los intereses colectivos de una comunidad, pretender usar esta figura para otros fines es corrupción, y la corrupción se sanciona, cuando es una persona funcionaria quien pretende corromper a quienes integran las COPACO, se sanciona de acuerdo a la Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México, y si fuera un integrante se le removerá como parte de esa figura ciudadana de representación comunitaria. Mejor comunicación con pacientes de COVID-19 y sus familiares hospitales• Una de las principales necesidades de los familiares de una persona enferma de Covid 19, es recibir información oportuna del estado de salud y la evolución del paciente.• Es indispensable una adecuada coordinación de la comunicación por parte de todos los profesionales de la salud implicados en el cuidado del paciente para asegurar la uniformidad y veracidad del mensaje.• Procurar que la información se provea de una forma organizada, comprensible, secuencial, sistemática y periódica (una o dos veces al día en los mismos horarios).• La comunicación entre el paciente y la familia es fundamental para que el paciente y sus familiares mantengan una buena actitud ante la crisis de salud que enfrentan y la atención que reciben.Comunicación entre familiares y pacientes}• Uso de dispositivos electrónicos (Tablets o teléfonos celulares) para enlazar a los pacientes con sus familiares a través de llamadas o videollamadas. (Sedena)• “Lady cartas”, designación de una persona que a ciertas horas del día recibe todas las cartas que los familiares de un paciente le envían a éste. La misma persona se las entrega al paciente. Las cartas son únicamente de los familiares hacia el paciente; no habrá respuesta de los pacientes hacia los familiares. (IMSS)Información a los familiares de los pacientes sobre la salud de los pacientes• Establecer áreas de atención al derechohabiente en la unidad hospitalaria o cerca de ella. Si es así se recomienda la instalación de carpas para que los familiares esperen. Las áreas deberán vigilar rigurosamente las medidas de sana distancia, lavado de manos, dispensadores de alcohol en gel, termómetros, etc. (IMSS)• Al llegar con un paciente, los familiares reciben instrucciones de la forma en que recibirán la información, buscando evitar aglomeraciones en los alrededores las unidades hospitalarias. (CCINSHAE)• Establecer horarios para dar información y la forma en que se dará a conocer (si se les llamará con el nombre del paciente o se tomarán turnos). Notificar en caso de cambio de horarios por algún imprevisto. (IMSS)• Reporte médico vía telefónica dos veces al día sobre la salud del paciente. En el caso de Sedena se les notifica por vía oficial a los familiares y éstos la firman de conformidad. (IMSS, Sedena, ISSSTE).• Establecer un correo electrónico específico para que los familiares de los pacientes puedan informarse al respecto.• Establecer un número telefónico para que los familiares de los pacientes puedan informarse al respecto.• Desarrollo de una aplicación para obtener información oportuna del estado de salud de los pacientes (IMSS) • Capturar teléfono de, al menos dos familiares del paciente, desde el internamiento, para notificar situaciones excepcionales: agravamiento súbito o deceso. • Grabar videomensaje del director de la Unidad Hospitalaria señalando cómo será la comunicación hacia los familiares de pacientes, para mostrárselo a los familiares al momento del ingreso del paciente. *Comisión Coordinadora de Institutos Nacionales de Salud y Hospitales de Alta Especialidad (CCINSHAE) e Instituto Nacional de Ciencias Médicas y Nutrición Salvador Zubirán (INCMNSZ).

 
 
 

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