Violan al debido proceso y ordena magistrado revisar medida Rosario Robles

Ante la existencia de irregularidades, errores y violaciones al procedimiento en el que se dictó la prisión preventiva como medida cautelar en contra de Rosario Robles Berlanga, el titular de 5to Tribunal Unitario en Materia Penal, Ricardo Paredes Calderón, ordenó la reposición del mismo para revisar de manera minuciosa y apegada a derecho las decisiones tomadas por el Juez Felipe de Jesús Delgadillo Padierna.
De acuerdo con el magistrado Paredes Calderón, la audiencia deberá realizarse en los próximos días con altas probabilidades de que el fallo sea modificado a favor de Robles Berlanga para que enfrente su proceso en libertad.
Lo anterior, luego de que la defensa de la ex secretaria de estado presentara una serie de alegatos donde se confirma que la medida cautelar fue determinada con base en pruebas falsas, de forma unilateral e injustificada.
Durante la audiencia del pasado 15 de octubre, el equipo legal presentó ocho puntos con igual número de inconsistencias cometidas por el juez Delgadillo Padierna al momento de mandar a prisión a la exfuncionaria.
Entre ellos destaca el hecho de que Delgadillo Padierna resolvió dos medidas cautelares distintas en un mismo procedimiento.
En la primera parte de la audiencia, celebrada el 8 de agosto, el juez determinó no imponer ninguna medida porque así lo solicitó la fiscalía. Sin embargo, en la segunda parte de la audiencia (en la que aún participó el equipo de Olea & Olea Abogados) llevada a cabo el 12 de agosto y que concluyó en la madrugada del día 13, una vez resuelta la vinculación a proceso, el juez calificó como “inaudito” que no se solicitaran medidas cautelares. Por lo que de forma unilateral él mismo resolvió dictarle prisión.
Otro de los argumentos de la defensa se basó en que de acuerdo con el Nuevo Sistema Penal Acusatorio debe privilegiarse el principio de contradicción, mismo que ni fue valorado y mucho menos respetado por Delgadillo Padierna.
Cabe mencionar que, durante la presentación de pruebas, la fiscalía ocultó información relacionada con el arraigo de Rosario Robles en la Ciudad de México, misma que posteriormente fue tomada por el juzgador como “prueba” para desestimar su domicilio en la Ciudad de México.
Paredes Calderón aceptó los alegatos ofrecidos por esta defensa y se presume que el Juez Delgadillo Padierna violó con su resolución los principios de exhaustividad, legalidad y exacta aplicación de la Ley. Además de las reglas establecidas en el artículo 265 para una correcta valoración de la prueba.
Lo que se podría calificar en términos de argumentación jurídica, como una resolución arbitraria, pues el juez de control resolvió contrario a constancias, en este caso contario a los datos de prueba que fueron puestos en conocimiento. O, dicho de otra forma, el dictado de la medida cautelar sólo se apega a la voluntad del Juez de control Felipe de Jesús Delgadillo Padierna, pero no a las constancias, ni al debate y tampoco a las reglas del debido proceso, en su vertiente de dispositivo procesal.

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