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Sanciones por delitos de corrupción de impunidad

15 oct 2019
2 min de lectura

Se debe de endurecer el castigo en contra de funcionarios que hayan abusado del poder en el campo de sus funciones públicas, ya sea en perjuicio de las finanzas o en acciones de impunidad.

El diputado Pablo Montes de Oca propuso reformas al Código Penal y propone modificar el artículo 256 del Código Penal, que señala la pena a los sujetos activos ya calificados por su calidad de servidores públicos, quienes además de la sanción penal en su caso privativa de libertad, también son acreedores a las sanciones de carácter administrativo previstas en la misma legislación”.

A través de una iniciativa, Montes de Oca busca imponer la pena de destitución e inhabilitación para desempeñar cargos a futuro, así como cargos de elección popular.

El documento detalla que este castigo será por un plazo de 3 hasta 10 años cuando no exista daño o perjuicio, o bien, cuando el monto de la afectación no exceda 200 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente.

Entre las sanciones, destaca la no participación en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas, concesiones de prestación de servicio público o de explotación, aprovechamiento y uso de bienes de dominio de la Ciudad de México, esto por un plazo de hasta 20 años.

“La corrupción es un mal que ha permanecido vigente durante una gran parte de la historia contemporánea de nuestro país, incluso a lo largo de las últimas 2 décadas se han orientado esfuerzos para combatir dichas prácticas que denigran tanto al servidor público como al ciudadano, lastimando sobre todo a Estado y a la sociedad en general”.

Como integrante de la Comisión de Transparencia y Combate a la Corrupción, señaló que la Ley de Responsabilidades Administrativas CDMX no ha evolucionado, mientras que los abusos y actos de corrupción; siguen de manera constante.

“Si bien es cierto, para la individualización de las sanciones el Tribunal de Enjuiciamiento Penal cuenta con una amplia gama de parámetros para determinar la pena aplicable correspondiente, desafortunadamente dichos límites normativos no han sido causa suficiente para detener o bien para mermar el desarrollo de los actos de corrupción”, explicó desde tribuna.


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