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Ley de desaparición forzada personas cometida por particulares en la ciudad

  • 7 oct 2019
  • 1 min de lectura

Uno de los aspectos importantes a resaltar es la creación de los registros locales de personas desaparecidas y no localizadas, el de personas fallecidas no identificadas y un registro especializado de las fosas comunes

Hoy se presentará el dictamen por el que se abroga la Ley para Prevenir, Eliminar y Sancionar la Desaparición Forzada de Personas y la Desaparición por Particulares en el Distrito Federal y se expide la Ley en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares para la Ciudad de México.

El documento promovido por el diputado Emmanuel Vargas Bernal, contienen 101 artículos y 13 transitorios , los cuales establecen la regulación de la Comisión de Búsqueda de la Ciudad de México, la creación del Sistema de Búsqueda Local y ordena la elaboración de un Programa de Búsqueda vinculada a su vez, con el Programa Nacional.

Uno de los aspectos importantes a resaltar es la creación de los registros locales de personas desaparecidas y no localizadas, el de personas fallecidas no identificadas y un registro especializado de las fosas comunes y aquellas fosas clandestinas que se llegasen a localizar en el territorio de las 16 alcaldías.

También se hace hincapié en la capacitación y certificación de los cuerpos policiales y demás instituciones de seguridad y procuración de justicia en materia de búsqueda y localización de personas, apegadas a protocolos y el uso de la tecnología que dicta la Ley General.

La Ley en Materia de Desaparición Forzada de Personas y Desaparición Cometida por Particulares para la Ciudad de México, se presentó el 28 de mayo de 2019, por iniciativa del diputado Emmanuel Vargas, misma a la que se suscribió el legislador Nazario Norberto



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