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clave para una justicia constitucional efectiva en la Ciudad de México

8 ago 2019
4 min de lectura

La justicia constitucional local tiene una ventanilla de oportunidad siempre y cuando se le permita a cualquier persona plantear un asunto de inconstitucionalidad en el entendido de que la defensa de la constitución es tarea de todos y no sólo de algunos”: Miguel Carbonell

Especialistas en derecho constitucional coincidieron en que la clave para que exista una justicia efectiva en la Ciudad de México es necesario hacer uso de los estándares de sentencias y derechos humanos establecidos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el Tribunal Europeo, así como los casos de éxito de los países de América Latina y de las entidades locales.

Durante el segundo día del seminario de Hacia una Justicia Constitucional Local en la Ciudad de México, también destacaron la importancia de establecer leyes secundarias específicas en la materia y que los ciudadanos participen y tengan conocimiento sobre las herramientas de defensa de derechos constitucionales.

En el auditorio Benito Juárez del Congreso de la Ciudad de México, Miguel Carbonell, investigador y especialista en derecho constitucional aseguró que en México, la justicia constitucional no ha funcionado, “y creo que es un área de oportunidad, creo que nos tenemos que fijar más en lo que dicen las Constituciones locales para modernizar lo que sea necesario, si bien, en la Ciudad de México tenemos un texto reciente que está en vías de implementación, en otras entidades federativas las Constituciones locales están abandonadas”.

seguró que si queremos una auténtica justicia constitucional, el primer dilema que se debe enfrentar es el de pensar en la estructura de justicia constitucional que se quiere, “tenemos dos opciones: generamos una estructura de control de constitucionalidad en los poderes judiciales o se implementa o generamos un tribunal constitucional independiente, que no forme parte de ninguno de los poderes tradicionales”.

También destacó la importancia de tener claridad respecto a cuántos magistrados se requieren, cómo se integrarán y en este punto, advirtió que en México durante mucho tiempo se han cometido errores graves en la integración de nuestros órganos de justicia constitucional, específicamente respecto a los nombramientos de los integrantes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

El doctor constitucionalista aseguró que la justicia constitucional local tiene una ventanilla de oportunidad interesante, siempre y cuando se conforme mediante una sociedad abierta a los intérpretes constitucionales, es decir, que la interpretación constitucional no sea monopolio de un órgano, de un tribunal, sino que todos aporten.

“Y cómo se puede lograr, mediante un esquema de legitimación activa, es decir, quién promueve, quién lleva los temas, quién reacciona ante la justicia constitucional para plantear los grandes dilemas constitucionales, y tiene que ser amplio, porque si es amplio vamos a permitir que cualquier persona pueda plantear un asunto de inconstitucionalidad en el entendido de que la defensa de la Constitución es tarea de todos y no sólo de algunos”, destacó Carbonell.

Por lo anterior, destacó la necesidad de cuidar los perfiles de quienes integran estos órganos, verificar que tengan una preparación más allá de lo legal, apegados a los principios universales de derechos humanos, que dominen estas figuras de interpretación, más allá de temas de legalidad.

Aseguró que para que exista una justicia constitucional local, es indispensable hacer un esfuerzo de mayor de publicidad y transparencia, ya que dijo, “contribuye muchísimo y es un área de pedagogía social muy importante. Tenemos una tarea importante de diálogo con la sociedad sobre justicia constitucional, este es un punto de la mayor importancia”.

“Creo que la justicia constitucional local depende mucho de que tengamos abogados, jueces, fiscalías con una concepción robusta y sustantiva de los derechos humanos. Para ello es necesario que se manejen los criterios que van estableciendo los estándares de derechos que maneja la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, así como las Cortes Constitucionales de países de América Latina, porque esa visión enriquece mucho”, aseguró.

Miguel Carbonell hizo un llamado a los asistentes a estudiar el feminismo, “una de las filosofías que mayor capacidad emancipadora tienen hoy en día. Yo les diría, asómense a la literatura feminista, no al radical de los años 60, al feminismo liberal que pone énfasis en la emancipación del poder, ya que aún existe una disparidad de acceso al trabajo, de oportunidades de desarrollo, de sueldos, por ello es necesario que además de un discurso constitucionalista se realicen acciones afirmativas, se establezcan tipos penales específicos”.

Finalmente, el especialista destacó la necesidad de que tanto magistrados como sociedad, estén formados desde una filosofía política que permita tener una visión de fondo sobre qué es la justicia, cómo deben actuar las instituciones que imparten justicia, cómo aproximarnos a los grandes dilemas y a los grandes temas de los cuales conoce una justicia constitucional.

En tanto, Giovanni Figueroa Mejía, doctor en derecho constitucional destacó la importancia de hacer un análisis comparativo del derecho internacional y local, con la finalidad de mejorar y comprender mejor otros sistemas de justicia constitucional y así realizar un análisis concreto en la Ciudad de México.

Indicó que en materia de mecanismos de control de constitucionalidad, algunas entidades se han adelantado a lo establecido en el ámbito federal, como: la acción por omisión legislativa, figura que posibilita a la Sala Constitucional o al Pleno del Tribunal Superior de Justicia para emitir recomendaciones al Poder Legislativo local cuando por ejemplo, en un artículo transitorio se le da un plazo para que realice la legislación secundaria que va a complementar el contenido de una reforma constitucional, es decir, en algunas entidades existe la posibilidad de hacerle recomendaciones a los legisladores, se le ordena que haga su trabajo para que la legislación secundaria deje de ser precaria y así evitar que existan omisiones legales en el ordenamiento interno de los estados.

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