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Expedir la Ley Nacional de Extinción de Dominio

11 mar 2019
2 min de lectura

Se debe de expedir la Ley Nacional de Extinción de Dominio, que tiene el propósito de brindar una legislación actualizada, y más efectiva, para eliminar obstáculos procedimentales y desapoderar a organizaciones o individuos de recursos patrimoniales que utilizan para delinquir.

Morena presentará en el Senado de la República, la iniciativa con dicho instrumento se regulará la extinción de dominio de bienes a favor del Estado, el establecimiento de los procedimientos correspondientes, los mecanismos para que las autoridades administren los bienes sujetos al procedimiento y para que lleven a cabo su disposición y uso, atendiendo al interés público.

La Ley impulsada por el Presidente de la Junta de Coordinación Política busca no sólo revertir la crisis de inseguridad que aqueja al país, también se plantea la reparación del daño a las víctimas de los delitos a los que aplica esta figura.

La presentación de dicha iniciativa con proyecto de decreto se da luego de que el Congreso de la Unión emitiera, como resultado del consenso, la declaratoria de reforma constitucional relativa al Proyecto de Decreto por el que se reforman el artículo 22 y la fracción XXX del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de extinción de dominio.

El artículo segundo transitorio del Decreto establece el plazo de 180 días posteriores al inicio de vigencia del mismo para que el Congreso de la Unión expida la legislación nacional única en materia de extinción de dominio.

A través de la expedición de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, además de reglamentar la disposición constitucional antes señalada, se homologa el actuar de las autoridades competentes, y se definen las reglas para la protección de las personas que pudieran ver afectado su patrimonio, a través del ejercicio de su derecho de audiencia.

Con base en el replanteamiento constitucional en materia de extinción de dominio, la iniciativa establece disposiciones de observancia general y de orden público en toda la República Mexicana y para todos los órdenes de gobierno en el ámbito de sus respectivas competencias, la cual quedará definida según se trate de la jurisdicción que deba conocer de las investigaciones de las conductas delictivas detalladas por el artículo 22 de la Constitución Política Mexicana

La Ley Nacional de Extinción de Dominio consta de 78 artículos, divididos en cinco títulos -con sus respectivos capítulos- y un apartado de artículos transitorios.

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