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Ministro excede su facultad para crear beneficio propio

16 dic 2018
3 min de lectura

Estamos convencidos de que en una verdadera democracia quien manda es el pueblo, ya sea a través de sus representantes, o recientemente y de manera directa, a través de la democracia participativa. Es por ello que sabemos que en México debemos transitar hacia una democracia sustantiva y popular.

La senadora Geovanna del Carmen Bañuelos de la Torre, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, dijo que el objeto de la presente iniciativa es consolidar la democracia elevando a rango constitucional la improcedencia de la suspensión de las acciones de inconstitucionalidad de leyes y normas generales expedidas por el Poder Legislativo.

Es importante señalar que actualmente la Ley Reglamentaria en sus fracciones primera y segunda del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos contempla tales supuestos, en el artículo 14 y en el 64, para las controversias constitucionales y las acciones de inconstitucionalidad, respectivamente.

Sin embargo, en un hecho inédito el ministros Alberto Pérez Dayán decidió desaplicar el artículo 64 de la Ley Reglamentaria al dictar la suspensión de la Ley Federal de Remuneraciones Públicas; así el Ministro no solo excedió sus facultades constitucionales y legales, sino que también incumplió con el artículo 127 de nuestra Carta Magna.

Al otorgar la suspensión se pone en riesgo la elaboración y ejecución del Presupuesto de Egresos 2019, así como la división de Poderes y se vulnera el mandato popular.

No sólo eso, resulta irónico que un Ministro del Tribunal Constitucional Mexicano solicite indirectamente que se viole el artículo 127 de la Constitución General.

Diversos constitucionalistas han señalado que la suspensión en acciones de inconstitucionalidad no debe otorgarse por dos razones fundamentales; la primera es que con ello se evita un vacío normativo; la segunda razón es que las normas generales aprobadas por el Congreso de la Unión gozan de presunción de constitucionalidad, en tanto no exista un pronunciamiento final por parte del pleno de la Suprema Corte.

Resulta fundamental recordar, una vez más, que la corte es un órgano colegiado y, por lo tanto, solo puede ejercer contrapesos a los poderes democráticamente electos cuando actúan en su conjunto, por lo tanto, los actos de una Ministra o Ministro en lo individual, no pueden invalidar temporalmente los actos de otros poderes. Así como un legislador o legisladora no puede expedir la ley por si mismo, un Ministro no puede suspenderla por sí mismo.

Por otro lado, la presunción de constitucionalidad parte de lo siguiente: 1) El Congreso de la Unión es el conducto mediante el cual el pueblo ejerce su soberanía; 2) Es un Poder democráticamente electo; 3) Sus integrantes protestaron guardar y hacer guardar la Constitución; 4) Es un elemento central de la certeza y seguridad jurídica; 5) Permite la gobernabilidad.

Por ello, los integrantes del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo emitimos un extrañamiento a la suspensión inconstitucional concedida a la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos; ante la posibilidad de la violación a la división de poderes y vulneración de la voluntad popular; proponemos elevar a rango constitucional la improcedencia de suspensión de normas generales en acciones de inconstitucionalidad y controversias constitucionales.

Co esta medida salvaguardaremos el equilibrio entre los Poderes de la Unión y, lo más importante, respetaremos la voluntad y el mandato popular.

Nos encontramos, compañeras y compañeros senadores, ante un cambio de régimen político, por ello los invito a debatir sobre el modelo de Estado que queremos para México; uno de los ejes fundamentales de este debate será el papel de nuestro Tribunal Constitucional, y sobre todo, el modelo de división de poderes que nuestro país requiere.

No solo debemos avanzar hacia una democracia popular sino también hacia un constitucionalismo popular.

Como senadoras y senadores de la República, es nuestro deber defender la división y el equilibrio entre poderes, mientras combatimos la sumisión de un poder sobre otro. Como dijo el Presidente, se acabó la era del Poder sobre los otros Poderes.

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