top of page

Derecho de réplica

  • Sen. Dolores Padierna Luna
  • 20 mar 2018
  • 2 Min. de lectura

La ampliación del plazo de cinco a quince días hábiles para ejercer el derecho de réplica y de rectificación ante los medios de comunicación tiene como objetivo respetar tanto la libertad de expresión como el derecho de todo ciudadano a defender su dignidad y su verdad frente a la información que prolifera ahora tanto en medios electrónicos, como los impresos y los digitales.


Este dictamen considera insuficientes los cinco días hábiles porque va en detrimento de los agraviados y no de los medios de comunicación.

Este dictamen también es positive porque responde al plazo establecido por la Suprema Corte de Justicia que estableció un plazo de 60 a 90 días para que el Congreso hiciera las adecuaciones necesarias a la Ley de Derecho de Réplica.

Es indispensable recalcar que los quince días son el plazo máximo y no el mínimo para que los medios de comunicación puedan respetar a los agraviados que reclamen el derecho de réplica.

Vivimos un tiempo vertiginoso y complicado en materia informativa. Prolifera la inmediatez y la competencia por lanzar información y declaraciones que, a veces, no cumplen con los mínimos de veracidad, objetividad y ponderación de los hechos. Es necesario recalcar que la inmediatez no debe borrar la necesaria confirmación y rectificación de hechos y dichos que afecten a un ciudadano.

Por esta razón, apoyar las modificaciones implica también un llamado a todos los que tenemos una interacción con los medios de comunicación para hacer un balance justo entre la libertad de expresión, el derecho a la información y el derecho de réplica.

Que la inmediatez o la espectacularidad que a veces dominan el mercado de las noticias no atropellen los derechos elementales de la dignidad, a la presunción de inocencia y a la rectificación de la información falsa o inexacta

Este derecho es de todos los ciudadanos, no sólo de las personas con influencia que tienen acceso a muchas herramientas y que las tienen a la mano.

Es importante destacar que el criterio establecido por la Suprema Corte de Justicia es muy importante para favorecer al ciudadano que no tiene la infraestructura para monitorear a los medios o estar pendiente de los contenidos que se generan en ellos.

Por eso, el contenido de este dictamen es positivo, va en cumplimiento de nuestro derecho de réplica y lo apoyo completamente.







Comentarios


DIRECTORIO

Lic. Fernando González Parra

Director General

Mtra. Graciela Ornelas Prado

Directora

Edmundo Olivares Alcalá

Subdirector

Karen García Hernández

Jefa de Redacción

Héctor Manuel Serna Ornelas.

Juridico

Pablo Gómez

Articulista 

Ernesto Olmos Avalos.

Alitzel Herrada Herrera.

Garnica Muñoz José Antonio.

Reporteros

Adonay Samoya H.
Lic. Andrés Aguilera.
Roberto Chavez.
Renato Corona Chavez.
Javier Méndez Camacho.
Gustavo Santos Zúñiga.
Blas. A Buendía
​Lic. Alicia Barrera Martínez
Marcos Alexis Hernandez Olivares
Amaury Alexander Hernandez Olivares

Columnistas

  • Icono social Twitter
  • Wix Facebook page

Cuestión y Chronos nacieron con la idea de ser una voz crítica, no como una acción de desprestigio visceral y vacío; nuestra crítica irá con propuestas que permitan a  los políticos reflexionar sobre las decisiones que toman.

Este es un medio de información que servirá de contacto y difusión para que la ciudadanía  se haga oír dentro y fuera de su entorno. Un vínculo entre quienes trabajamos día a día por un mejor país y aquellos que buscan la manera de lograrlo pero que no saben cómo.

Queremos invitar a todo aquel que tenga algo qué decir de la administración pública a que se unan y aporten sus ideas, inquietudes, necesidades, críticas así como proyectos que merezcan ser difundidos.

De esta manera, estimados lectores, inauguramos una nueva era de comunicación y de enlace entre nuestros compañeros y  futuros colaboradores.

 

cuestiondechronosx1000.png
bottom of page