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Amparo por omisiones de Profepa cuarenta denuncia Proyecto nulo Quintana Roo

  • 18 feb 2018
  • 3 min de lectura

Las conductas denunciadas incluyen tala, desmonte, quema y relleno de manglar, así como construcción de obras sin autorización para desarrollos hoteleros, infraestructura y vialidades; remoción de duna costera, y afectación a la flora marina.

El Centro Mexicano de Derecho Ambiental, A.C. (Cemda) interpuso una demanda de amparo en contra de la Delegación de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) en el estado de Quintana Roo, por la omisión sistemática de ejercer sus atribuciones y obligaciones de verificar, inspeccionar y, en su caso, sancionar, oportuna y eficazmente en el caso de 40 denuncias populares presentadas en contra de proyectos que han incurrido en violaciones a la legislación ambiental en Quintana Roo.

Con ello, dicha delegación está incumpliendo con su obligación de proteger la biodiversidad y el derecho humano de toda persona a un medio ambiente sano, por lo que se pide a la autoridad judicial obligar a Profepa a cumplir con su mandato, atender las denuncias populares y ordenar la restauración de los sitios impactados.

Las denuncias corresponden a proyectos situados dentro de Áreas Naturales Protegidas (ANPs), con ecosistemas de alto valor ambiental y fragilidad comprobable como son el Área de Protección de Flora y Fauna Yum Balam -en la cual se ubica la isla de Holbox-, Parque Nacional Arrecifes de Cozumel, el Parque Nacional Tulum y el Parque Nacional Arrecife de Puerto Morelos.

Entre las actividades irregulares que violan la legislación ambiental se encuentran: a) la tala, desmonte, quema y relleno de manglar, así como trabajos de construcción para desarrollos turísticos y vialidades en diversas zonas de la isla de Holbox; b) la construcción y operación de proyectos no autorizados, y el incumplimiento de clausuras impuestas como medidas de seguridad en proyectos ubicados en la zona de Tulum; c) trabajos de modificación de la morfología de la zona federal marítimo terrestre y afectación a zona de arrecife - dentro del polígono del Parque Nacional Arrecifes de Cozumel y; d) la afectación a la zona de anidación de tortugas marinas, así como a la flora marina, principalmente pastos marinos, en la zona marina adyacente al hotel Moon Palace, dentro del Parque Nacional Arrecife de Puerto Morelos.

Cabe mencionar que, si bien en algunos casos denunciados -particularmente en el Parque Nacional y la zona hotelera de Tulum-, la Profepa ya había inspeccionado y ordenado clausura de las obras, éstas no fueron respetadas ni se cumplió con las medidas ordenadas. En este sentido, resulta fundamental que la dependencia dé seguimiento puntual a las diligencias practicadas en contra de los inspeccionados, aplicando eficazmente la legislación ambiental, respecto de las medidas de seguridad, de urgente aplicación, sanciones y reparación de los daños ambientales causados.

Gustavo Alanis, Presidente y fundador del CEMDA, señaló que "resulta fundamental que Profepa atienda en tiempo y forma y dé seguimiento a las acciones que se deriven de las denuncias presentadas, pues su omisión favorece que se siga violando la ley con el consecuente detrimento del medio ambiente y la violación a los derechos humanos de los habitantes de estas localidades".

De acuerdo con la ley, es deber de la Profepa recibir, atender, investigar y realizar las diligencias necesarias para determinar la existencia de los actos, hechos u omisiones motivo de denuncia. En este sentido, su labor no debe limitarse a realizar visitas técnicas de verificación de hechos y/o de inspección, sino de asegurarse que se cumplan y apliquen las medidas que ordene, así como de aplicar las sanciones correspondientes y ordenar la reparación del daño ambiental a los responsables. Todo ello, dentro de un plazo razonable, de debido proceso, respetando el derecho de petición y acceso a la justicia de los denunciantes.

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