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Materia control Zoosanitario

  • 12 dic 2017
  • 2 min de lectura

La Cámara de Senadores aprobó por unanimidad el dictamen por el que se adiciona una fracción al Artículo 13 de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas, a fin de garantizar que los servidores públicos encargados del Registro Civil inscriban los nombres en lengua indígena cuando así se les solicite.

El alfabeto y caracteres propios de las lenguas indígenas nacionales, al igual a reforma prevé que los servidores públicos deberán sujetarse al a que los funcionarios públicos encargados de la conformación de registros de personas y de la expedición de identificaciones, licencias, títulos, pasaportes y otros documentos de identificación personal.

Así mismo el Senado de la República aprobó sustituir los términos de Secretaría de Educación Pública (SEP) o Secretario de Educación Pública por los de Secretaría de Cultura o Secretario de Cultura como autoridades en las materias de cultura y arte, en la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos.

Además, prevé que a través de la Secretaría de Cultura, el Ejecutivo Federal procederá a actualizar el reglamento de la ley y publicarlo en el DOF dentro de los 30 días siguientes a la publicación del decreto; y que cada uno de los Institutos deberá realizar la actualización de los trámites relacionados con la reforma ante la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, dentro de los cinco días siguientes a la publicación del decreto.

Además el senado aprobó incluir a los médicos veterinarios oficiales como responsables del cumplimiento de las disposiciones de sanidad animal y de las buenas prácticas pecuarias que por el tipo de establecimiento les sean aplicables.

Además, establece en la Ley Federal de Sanidad Animal que los establecimientos Tipo de Inspección Federal (TIF) de sacrificio de animales y de procesamiento de bienes de origen animal, tendrán que contar por lo menos con un médico veterinario oficial o médico veterinario responsable autorizado para fines de control de bienestar animal, de vigilancia epidemiológica, de otras medidas zoosanitarias y de buenas prácticas pecuarias.

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