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Condonar impuesto predial A comedores comunitarios

  • 15 nov 2017
  • 2 min de lectura

Al condonar los impuestos predial a los comedores comunitarios, mejoran los hábitos alimentarios en zonas de pobreza, desigualdad y alta conflictividad social.

El Diputado Luis Alberto Chávez García, integrante del grupo parlamentario del PRD en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF), presentó una iniciativa de ley con proyecto de decreto para reformar los artículos nueve y 12 de la Ley de Comedores Sociales de la Ciudad de México (CDMX), con el objeto de condonar el pago del impuesto predial a los inmuebles que albergan un comedor comunitario que se encuentren en funcionamiento, así como la obligación de realizar un dictamen estructural a esos inmuebles.

El legislador perredista señaló que “el derecho humano a la alimentación y la adecuada nutrición de la población vulnerable es un compromiso y obligación del Gobierno de la CDMX y una de sus políticas para abatir el hambre es la instalación de Comedores Comunitarios, con la participación de la sociedad civil organizada; los comedores comunitarios mejoran los hábitos alimentarios en las zonas que tienen condiciones de pobreza, desigualdad y alta conflictividad social, bajo una cuota de recuperación mínima de diez pesos”.

Actualmente, en la página oficial de la Secretaria de Desarrollo Social (SEDESO), aparecen 335 comedores comunitarios en funcionamiento en las 16 demarcaciones territoriales.

El diputado Luis Chávez dijo que “los Comedores Comunitarios se constituyen en la propiedad privada de la sociedad civil y se convierten en un espacio social y comunitario para preparar y servir alimentos saludables e higiénicos, la población atendida preferentemente son personas residentes en las unidades territoriales clasificadas como de muy alta, alta y media marginación, con discapacidad, personas adultas mayores de 60 años, madres con hijas e hijos menores de cinco años, mujeres embarazadas y mujeres jefas de familia. En ese inmueble de propiedad privada, el propietario o legal poseedor paga los servicios de suministro de energía eléctrica, agua y pago del impuesto predial; sin embargo, los comedores comunitarios no tienen la finalidad de lucro, sino el ejercicio y goce del Derecho Humano a la Alimentación, implementados como programa social.

En ese tenor, el artículo 9 de la Ley de Comedores Sociales de la Ciudad de México, ya establece que el GCDMX podrá condonar el pago de derechos por suministro de agua conforme al Código Fiscal a los comedores comunitarios que se encuentren operando.

El legislador perredista mencionó que el Gobierno de la CDMX también debe condonar el pago del impuesto predial a los inmuebles de propiedad privada donde se instala y funciona un comedor comunitario ya que no buscan obtener utilidades con fines de lucro, sino abatir el hambre, así como lograr y mantener la seguridad alimentaria y nutricional de la población vulnerable.

Finalmente, señaló el asambleísta que derivado del reciente sismo ocurrido el 19 de septiembre, los comedores comunitarios deben contar con un plan de protección civil, así como el dictamen de seguridad estructural emitido gratuitamente por el Gobierno de la Ciudad, para garantizar la seguridad de las personas que asisten a dichos comedores.



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