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Suficientes elementos

  • 29 ago 2017
  • 2 min de lectura

Los diputados de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF), cuentan con suficientes pruebas para que Rigoberto Salgado Vázquez, jefe delegacional en Tláhuac, sea removido de su cargo, por omisión y acciones, ya que permitió actuar libremente a integrantes de la famosa banda de narcotraficantes Felipe de Jesús “N” alías “El Ojos”,

Los legisladores dejaron en claro que ellos solamente lo están juzgando por permitir todo tipo de ilícitos y actuar a favor de la delincuencia organizada. Si esta relacionado con el narcotráfico, la Procuraduría General de la República (PGR), se encargara de determinar su acción jurídica.

Los integrantes de la Comisión Especial Jurisdiccional de la

(ALDF, notificaron formalmente a Rigoberto Salgado Vázquez, Jefe Delegacional de Tláhuac sobre el procedimiento de remoción que se lleva en su contra y le hicieron entrega de una copia certificada del expediente que se abrió para el proceso.

Jesús Armando López Velarde Campa, presidente de la Comisión Especial Jurisdiccional explicó que conforme a derecho y como lo marca el artículo 42 del Estatuto de Gobierno, la comisión que encabeza inició el proceso de remoción el pasado 17 de agosto.

Asimismo, informó a Rigoberto Salgado Vázquez que a partir de este momento tiene un plazo de 15 días hábiles (18 de septiembre 2017) para presentar ante la Comisión Especial Jurisdiccional pruebas para su defensa de acuerdo la ley que establece el procedimiento de remoción de servidores públicos.

“Se comunicó al Jefe delegacional sobre los hechos que se le imputan y que pudieran haber puesto en riesgo por acciones u omisiones el orden público y la Administración Pública de la Ciudad de México; lo que procede es que comparezca de forma personal como en esta ocasión para entonces poder emitir la respuesta a todos los hechos que se objetan”, indicó José Manuel Delgadillo el secretario de la Comisión Especial Jurisdiccional.

Después del 18 de septiembre, la Comisión Especial Jurisdiccional tendrá 55 días hábiles para concluir el proceso de remoción y presentar el dictamen final ante el Pleno, que se erigirá como jurado de sentencia.



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