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Esquemas solidarios

  • 14 ago 2017
  • 4 min de lectura

Las Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS), ayudan a crear negocios en menos tiempo y con menos requisitos, mientras que el Registro Único de Garantías (RUG), ayuda a los acreedores a tener garantía y prioridad de pago.


Durante la presentación del esquema de Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS) y del sistema de Registro Único de Garantías (RUG), a empresarios de COPARMEX CDMX y Metropolitano, el delegado federal de la Secretaría de Economía (SE), Jaime del Río Navarro explicó novedosos mecanismos para favorecer la creación y financiamiento de Mipymes.

El funcionario dijo que la economía en México sortea una serie de problemas que deben ser vistos como retos: uno es la dificultad para crear negocios, situación que ubica a México a la mitad de la escala del Banco Mundial (de cerca de 200 países); otro reto se relaciona con la facilidad del acceso al crédito requerido por las Mipymes, ya que sin él difícilmente pueden escalar sus empresas.

Frente a estos dos retos, explicó el funcionario, el Gobierno Federal ha proyectado un esquema de orden mercantil para invitar a la formalidad a emprendedores, micro y medianos para que —cobijados con una estructura jurídica— logren participar en el mercado de los negocios con el mismo tratamiento del resto de los empresarios en México.

Este esquema son las SAS, figura de sociedad mercantil establecida en la reciente reforma a la Ley de Sociedades Mercantiles, cuyo objetivo es propiciar mejores condiciones para hacer negocio, considerando el tiempo, trámites simplificados y costos, puesto que actualmente crear un negocio en México demora alrededor de 8 días, y en la Ciudad de México hasta 60 días.

El esquema surge por la necesidad de un mecanismo ágil y accesible para abonar a la eliminación de la informalidad que presentan los empresarios serios registrados como personas físicas con actividad empresarial, y asimismo que brinde facilidades a nuevos emprendedores que quieren iniciar negocio y se topan con un sinfín de obstáculos, ahora con la ventaja de poder constituirse en sociedad hasta con una sola persona fiscal, pero ésta debe ser física necesariamente.

En la SAS el capital social se reparte en acciones y otra ventaja es que los accionistas sólo asumen responsabilidad hasta por el monto de sus aportaciones en acciones, además los ingresos de la SAS no deben superar los 5 millones de pesos anuales. El funcionario acotó que de un año a la fecha se han constituido alrededor de 5 mil SAS en el país

También se refirió al RUG, un sistema de garantías no basado necesariamente en bienes inmuebles, sino incluye garantías de bienes muebles, mejor conocido en el ámbito gubernamental como Registro Único de Garantías Mobiliarias (RUG) operado por la Secretaría de Economía (SE).

El RUG es una sección del Registro Público del Comercio en el que instituciones financieras y acreedores pueden inscribir en línea las garantías mobiliarias de corte mercantil aportadas por los deudores a efecto de garantizar el financiamiento.

Este sistema tiene como principio el de la publicidad, es decir, para quien solicite un crédito o financiamiento su acreedor, en principio, puede asegurarse que lo ofrecido en garantía por quien solicita el financiamiento esté libre de gravamen.

Igualmente funcionará bajo dos principios más: el de prelación y el de oponibilidad, lo cual significa que si una persona presenta varios adeudos, se dará preferencia al que presente este tipo de garantías y además el acreedor que cuente con esta garantía puede oponerse para ser privilegiado como primero en esta línea de pago.

Los objetivos de este nuevo sistema son estimular la inversión, crecimiento y competitividad de la economía a través de ampliar el acceso al crédito, mejorar las condiciones de financiamiento y facilitar la inclusión financiera; así como establecer una mayor certeza jurídica, sobre todo al que otorgará el financiamiento, a través de estos principios y, además, potenciar el uso de los bienes muebles sobre los cuales se genera la garantía.

Del Río Navarro precisó que puede ofrecerse como garantías mobiliarias desde maquinaria y equipo, vehículos de motor, ganado, productos agrícolas (con futuros, como por ejemplo, cosechas por anticipado), bienes de consumo, inventarios, acciones, obligaciones y bonos, derechos de cobro y otros como la marca, “todo tipo de bien mueble con un valor económico y sea aceptado por el que va a generar el crédito o el financiamiento”.

Las operaciones que se pueden realizar a través de este sistema van desde la creación, modificación, transmisión o extinción de las garantías mobiliarias hasta cualquier tipo de consulta o certificación sobre los bienes muebles ofrecidos en garantía; de este modo se puede constatar si un bien mueble en garantía ya ha sido gravado.

Otra de las ventajas de este sistema es que el registro se realiza en línea, se halla disponible las 24 horas del día, los 365 días del año, admite el registro de todo tipo de garantías mobiliarias (que se ofrezcan y que sean aceptados por quien otorga el financiamiento) y se certifica a través de firma electrónica y sello digital.

El delegado federal de la SE detalló que las entidades financieras y los acreedores son quienes pueden operar el RUG estableciendo inicialmente un contrato de financiamiento y con el acreedor como el autorizado para registrarlo ante el Registro Público de la Propiedad y el Comercio, pero sin que necesariamente tenga posesión del bien mueble objeto del contrato de financiamiento, pues éste puede permanecer en posesión del deudor con la observación de volverlo a ocupar para avalar otra transacción, deuda o venderlo porque incurriría en un delito previsto y sancionado por la ley.

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