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Canta himno no favorable

  • Chronos
  • 13 ago 2017
  • 2 Min. de lectura

Propuso modificar el Artículo 38 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, siempre y cuando en los arreglos se respeten la letra, melodía y ritmo de éste último.

La Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales establece en su Artículo 38 que el tono en que debe cantarse el himno es Do Mayor.

Sin embargo, una persona puede tener lesiones en el sistema fonador, laringe o cuerdas vocales, por forzar y cantar en una tesitura que no corresponde a su voz, por lo que dicho ordenamiento debe modificarse, indicó el diputado Cuitláhuac García Jiménez.

“Con frecuencia esta ley no se cumple porque para mucha gente no es clara la diferencia que señala el artículo, además que la tonalidad en que está escrito el Himno Nacional no es favorable de ninguna manera al rango de voz de los niños”, sostuvo.

El legislador federal de Morena y el senador Manuel Bartlett presentaron, ante la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, una iniciativa de reformas a citado Artículo 38 para que al Himno Nacional se le modifique la tonalidad original, siempre y cuando en los arreglos se respeten la letra, la melodía y el ritmo, con el fin de conservar la debida solemnidad.

Lo anterior, explicó, porque en concursos organizados por instituciones de educación básica, secundaria y media superior, maestros de música realizan arreglos y cambian la tonalidad del himno, con el propósito de que niños y adolescentes puedan interpretarlo en un registro vocal cómodo y afinado.

“El conflicto se presenta cuando el jurado descalifica a los participantes por haber cambiado el tono prescrito en el Artículo 38, sin contemplar una ejecución impecable y apegada al estilo marcial que caracteriza al himno”, puntualizó.

En su propuesta, ambos legisladores consideraron que aunque haya contradicciones en la práctica de la ley, la salud de los niños y jóvenes es más importante que una buena afinación.

Esto, agregaron, de acuerdo con un estudio de la Universidad de San Isidro Labrador, Costa Rica, en el que se afirma que una persona puede tener lesiones en el sistema fonador, laringe o cuerdas vocales por forzar y cantar en una tesitura que no corresponde a su voz; lesión que podría generar daños irreversibles en la persona.


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