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CONCURSO DE DELITOS

  • 26 oct 2016
  • 3 min de lectura

Al advertir que “Así es el Derecho”, el magistrado en materia civil Élfego Bautista Pardo, hizo una serie de consideraciones en relación a la gama del concurso de delitos, que algunos son dolosos y otros caen en el fuero común.

Entrevistado en su despacho de Río de la Plata, el jurista hidalguense dijo que es importante que como personas dedicadas al mundo jurídico, tengamos presente que muchos de los términos que utilizamos no son comprendidos por las personas que no se desenvuelven en nuestro ámbito, pienso que es necesario que cuando los ciudadanos se ven inmersos en un procedimiento judicial, tengan certeza del significado de los conceptos que emplean abogados, jueces o agentes del Ministerio Público.

Dentro de esa parafernalia, el estudioso remarca que esta necesidad es mayor en el caso de los procedimientos penales, pues el Derecho Penal es la expresión máxima del poder punitivo del Estado, y a fin de proteger los derechos humanos tanto de víctimas como de probables culpables, es indispensable conocer el significado de las expresiones que utilizamos. Una de ellas es la que denominamos “concurso de delitos”.

“Concurso” significa concurrencia de hechos, causas o circunstancias, y si lo trasladamos al derecho penal significa que en determinado hecho hubo varios delitos, lo cual tiene una clasificación legal en concurso formal o ideal, o bien, real o material, de delitos.

Tenemos que un concurso formal o ideal de delitos, existe cuando una persona con una sola conducta o hecho comete diversos resultados considerados como penalmente punibles, es decir incurre en diversos delitos.

Como ejemplo de ese concepto diremos que un conductor que por una falta al deber de cuidado impacta otro vehículo y causa lesión y daño a la propiedad. En concreto, para que se configure esta figura se requieren dos elementos: la existencia de una sola conducta o hecho delictivo (conducir), y que al violar disposiciones penales autónomas, o sea, se causan diversos resultados (lesión y daño).

A su vez, el concurso real o material de delitos sucede cuando existen varias conductas delictivas, cualquiera que sea su naturaleza, ejecutadas en momentos diversos, por lo que pueden considerarse independientes.

Un ejemplo recurrente del concurso real o material, es el caso de riña en la que una persona apuñala a varias personas a la vez, y causa lesiones a unas y muerte -homicidio- a otras, es decir realiza diversas conductas, varios delitos, en perjuicio de más de un sujeto pasivo.

Es oportuno considerar que el concurso se considera homogéneo cuando los delitos son de la misma naturaleza, y heterogéneo cuando ésta es diferente.

A efecto de diferenciarlos, podemos decir que, por una parte, el concurso material de delitos se da cuando éstos son producto de varios resultados u omisiones, mientras que la característica esencial de la acumulación ideal o concurso formal, es que con una sola conducta u omisión se originan diversas violaciones a las normas penales.

La relevancia de la existencia del concurso de delitos estriba en la forma de aplicación y determinación de las penas. En caso de concurso real se impondrá la sanción por el delito más grave, la cual podrá aumentarse con las penas que la ley prevé para cada uno de los delitos restantes, sin que exceda de los máximos señalados en la ley penal aplicable.

Tratándose de concurso ideal, se impondrán las sanciones que correspondan al ilícito que merezca la mayor penalidad, las cuales podrán aumentarse sin rebasar la mitad del máximo de la duración de las penas correspondientes a los delitos restantes, siempre que las sanciones aplicables sean de la misma naturaleza, en caso de que sean de diversa naturaleza, podrán imponerse las consecuencias jurídicas indicadas para las demás infracciones.

Finalmente, el magistrado Élfego Bautista Pardo, aclaró que decidió tocar este tema porque considera que para la protección y garantía de los derechos humanos que son el pilar del Estado de Derecho, es necesario que día a día los ciudadanos, además de saber sus derechos, conozcan y sobre todo, entiendan los procedimientos jurídicos en los que se vean involucrados.

“Así es el Derecho”, puntualizó el jurisconsulto que integra la Quinta Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, a partir del 3 de marzo de 2011.


blasalejo@yahoo.com

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