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OBLIGA ALDF A CONSTRUCTORES A GARANTIZAR PAGO DE MITIGACIONES Y DESPERFECTOS

26 sept 2016
3 min de lectura

Se debe entregar constancia de ocupación y uso a los constructores hasta que garanticen el pago de mitigaciones, desperfectos o vicios ocultos.

El pleno de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF), aprobó, por unanimidad, garantizar el pago de cualquier desperfecto que se registre en una edificación nueva, incluso, después de su construcción.

Así lo dio a conocer Víctor Hugo Romo Guerra, uno de los legisladores promoventes del dictamen e integrante de la Comisión de Desarrollo e Infraestructura Urbana de la ALDF.

El legislador aseguró que esta iniciativa modifica sustancialmente la Ley de Propiedad en Condominio de la Ciudad de México y en principio fue propuesta por el PRD y enriquecida por el Partido Acción Nacional, principalmente y todas las fracciones parlamentarias.

El dictamen, aclaró el legislador perredista, responde a la necesidad de brindar certidumbre a vecinas y vecinos que padezcan la aparición de desperfectos, fallas constructivas o de equipamiento fundamental más allá de un año después de haber sido adquirido y habitado el inmueble.

Además, asegura que los constructores cumplan con su obligación de realizar las obras de mitigación en la zona urbana, antes de la ocupación del inmueble, explicó Víctor Romo.

Las modificaciones establecen, en el Artículo 9 de la Ley de Propiedad en Condominio que para constituir bajo el régimen condominal, se hará constar en escritura pública que el notario tuvo a la vista, y agrega a la escritura, el último título de propiedad del bien, así como la copia de una póliza de fianza que el propietario del inmueble deberá entregar a la Delegación política correspondiente.

Con esto, se garantizará la conformidad de la construcción con el proyecto, y en su caso, el cumplimiento de las medidas de mitigación, compensación, o integración urbana ordenadas en el dictamen de impacto urbano o autorización de impacto ambiental correspondiente, explicó Romo Guerra.

Agregó que el monto de la fianza deberá corresponder al del presupuesto de la edificación más el valor del terreno.

En caso de que la obra requiera de dictamen de impacto urbano o autorización de impacto ambiental, el monto de la fianza se incrementará un 50% de la cantidad que resulte de sumar el monto del presupuesto de la edificación más el valor del terreno.

El término de la fianza, cuando la obra no requiera de dictamen de impacto urbano, corresponderá a la fecha de la autorización de uso y ocupación.

En cambio, aclaró, que el término de la fianza, cuando la obra requiera de dictamen de impacto urbano, corresponderá a la fecha en que la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda local, o en su caso, la Secretaría del Medio Ambiente, declaren cumplidas las medidas de mitigación ordenadas en el dictamen o en la autorización correspondiente.

Además, el dictamen garantiza que la responsabilidad de los constructores sea asumida a través del tiempo y que se tenga mayor cuidado en la integración de los expedientes, de tal forma que se asegure que el régimen condominal se constituya sobre bases más firmes y claras.

Romo Guerra informó que la Comisión de Desarrollo e Infraestructura Urbana de la ALDF ha estado muy activa y ha aprobado múltiples beneficios para los capitalinos, como la obligación de máxima publicitación de obras antes de su registro.

Esta nueva norma, destacó, establece un largo periodo para escuchar, aclarar y emitir opinión técnica sobre las inconformidades vecinales fundadas.

Además, prevé un mecanismo de prevención de conflictos y transparencia, garantizando en todo momento el acceso a la información de los ciudadanos sobre las construcciones registradas y autorizadas en la demarcación correspondiente, y crea la tramitación de Constancia de Publicitación Vecinal previo al Registro de Manifestaciones de Construcción, informó el legislador.

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