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JUICIO SUMARIO A OCHO PERSONAS POR OBLIGAR A 49 MUJERES A EJERCER EL SEXOSERVICIO

  • 20 jun 2016
  • 2 min de lectura

El juez 28 Penal del Reclusorio Preventivo Oriente (RPO), dictó auto de plazo constitucional a ocho sujetos, detenidos por elementos de la Policía de Investigación (PDI), por el delito de trata de personas.

Agentes investigadores ejecutaron la orden de cateo en el inmueble ubicado en la calle cuatro, colonia San Pedro de Los Pinos, en la delegación Álvaro Obregón, donde rescataron a 49 mujeres originarias de México, Venezuela, República Dominicana, Honduras, Cuba, Colombia y Eslovenia.

De acuerdo con la Subprocuraduría de Procesos, el impartidor de justicia asentó en el expediente 71/2016 que los inculpados, quienes se acogieron a la Ley de Protección de Datos Personales, enfrentarán proceso de tipo sumario por el delito de trata de personas agravada.

En este año, dos de las víctimas realizaron una denuncia ante la Fiscalía Central de Investigación para la Atención del Delito de Trata de Personas, en la que refirieron que en dicho lugar las obligaban a ejercer el sexoservicio en un cubículo privado.

De las declaraciones se desprende que las ofendidas eran contratadas como meseras pero, dentro de sus funciones, tenían que bailar desnudas y consumir bebidas alcohólicas con los clientes, quienes podían realizarles tocamientos de índole sexual.

Además, los administradores se quedaban con el mayor porcentaje del dinero generado por esta actividad, cobrándoles a las agraviadas por cuidar sus pertenencias y por las canciones que el operador de música y sonido les pusiera.

Durante la diligencia, los uniformados aseguraron a los imputados y los pusieron a disposición de la representación social, donde fueron reconocidos a través de la cámara de Gessel por las afectadas.

Ante esto, el Ministerio Público consignó a los indiciados al mencionado penal, mientras que el inmueble quedó sujeto a la Ley de Extinción de Dominio. Esta información se emite en términos del Artículo 11 de la Ley de Protección de Datos Personales para la Ciudad de México.

Los presentados tienen el carácter de probables responsables, lo que no implica una sanción penal hasta que lo determine la autoridad jurisdiccional.

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