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ALARMANTE QUE JÓVENES INFRINJAN LAS LEYES

  • 22 oct 2015
  • 3 min de lectura

Entre las preocupaciones más apremiantes para toda sociedad se encuentran las condiciones de vida y perspectivas de desarrollo de sus menores, por ello, resulta alarmante cuando son éstos quienes infringen las leyes y tienen que ser sometidos a procesos de orden jurisdiccional, ya que por encontrarse en una etapa de desarrollo no pueden ser tratados a la par de una persona adulta, dijo el Magistrado Élfego Bautista Pardo, al presentar un estudio referente a la Justicia para adolescentes

Si bien advierte que “Así es el Derecho”, en entrevista con este reportero explicó que tan solo en el 2014, en nuestro país, 13 mil 960 adolescentes fueron procesados, según reportes del Censo Nacional de Impartición de Justicia, del INEGI.

En el desarrollo del sistema jurídico mexicano, dijo, hemos encontrado dos tipos de sistemas que marcan las pautas para someter a los menores de edad a la potestad punitiva del Estado, el primero de ellos fue un sistema tutelar y paternalista que consideraba al menor de edad inimputable (que no es responsable penalmente de un ilícito que cometió, por no estar en condiciones de entender su accionar o las consecuencias de este) y un ser inadaptado en situación irregular, que requería ser reincorporado a la vida social a través de la intervención estatal ilimitada y discrecional, mediante un procedimiento inquisitivo, sin garantías ni reglas procesales, aún por cuestiones administrativas.

El segundo, comentó, surgió en diciembre de 2005 con la reforma al artículo 18 constitucional, que introdujo un sistema netamente garantista, que reconoce a los adolescentes todos los derechos y garantías de una persona adulta, como la presunción de inocencia, el derecho a una defensa adecuada, además de algunos específicos que merecen por su condición de personas en desarrollo, tal es el caso de la salvaguarda a su identidad e incluso también impuso la necesidad de un sistema integral de justicia para adolescentes.

En el Distrito Federal, apuntó, dicho sistema se encuentra integrado por la Procuraduría General de Justicia, a través de la Fiscalía Central de Investigación para la Atención de Niños, Niñas y Adolescentes; el Tribunal Superior de Justicia, con sus juzgados para adolescentes, tanto para delitos graves como para no graves, y los juzgados para adolescentes del sistema procesal penal acusatorio, así como las salas de justicia para adolescentes; la Consejería Jurídica, con sus defensores de oficio especializados, y la Secretaría de Gobierno, con sus Centros de Internamiento y Tratamiento.

Explica: “El procedimiento que se desarrolla bajo este esquema tiene como finalidad determinar la verdad de los hechos y la responsabilidad o no del adolescente, ya sea para decretar su inocencia o para sujetarlo a una medida sancionadora (de tratamiento o tratamiento en internamiento) o de orientación y protección, con el objeto de que asuma su responsabilidad y repare el daño, pero sobre todo buscando su reintegración familiar y social. Se despliega en respeto a los principios del interés superior del adolescente, su formación integral, su reintegración social y familiar, la transversalidad, la mínima intervención, subsidiariedad, especialización, flexibilidad y protección integral de sus derechos”.

Para el Magistrado Élfego Bautista Pardo, es necesario precisar que se considera como adolescente a la persona que tiene más de doce años y menos de dieciocho, al momento en que ocurra el hecho delictivo.

“Si un menor de doce años participa en un delito, solo será objeto de asistencia social y se le aplicarán, según la legislación vigente, medidas de protección a cargo de su núcleo familiar, como una amonestación, un apercibimiento o la prestación de servicios a favor de la comunidad, entre otros, con la finalidad generar conciencia en el niño o niña del daño generado con su conducta, en este caso. La autoridad competente es el juez de lo familiar, quien procurará no se le vulneren los derechos del menor”, dijo.

Considera que aún hay mucho por venir en justicia para adolescentes, pues la última reforma constitucional en la materia es de julio pasado, y además de contemplar el internamiento por la comisión o participación en un delito (antes refería conducta antisocial grave), así como un proceso acusatorio y oral, dicha reforma facultó al Congreso Federal para crear una legislación nacional única en materia de justicia para adolescentes, que regirá en la República, misma que conoceremos, a más tardar, en enero de 2016.

“Independientemente del contenido que encontremos en la legislación esperada, sabemos que el principal reto, tanto de los procuradores y administradores de justicia, como de la sociedad en general, es lograr la reinserción y reintegración total de los adolescentes, así como garantizarles en todo momento cada uno de sus derechos humanos”, puntualizó el jurista Titular de la Quinta Sala Civil-Ponencia 3, del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, sin antes reiterar su sello: “Así es el Derecho”.


blasalejo@gmail.com

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