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EVITARÁN VIOLENCIA Y PERMITIRÁN MEJOR TRATO A MADRES EN EL DF

10 may 2015
3 min de lectura

Para evitar actos de tortura, maltrato y muerte por complicaciones obstétricas en la capital del país, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF), aprobó la adición de la fracción VII al artículo 6° Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia Sobre el Asunto de Violencia Obstétrica o Perinatal, donde por primera vez se reconoce este flagelo, además de la de género en contra de las mujeres en proceso de gestación hasta el puerperio.

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Así lo dio a conocer el diputado promovente, vicepresidente de la Comisión de Salud y Asistencia Social, Gabriel Godínez Jiménez, quien destacó que la violencia obstétrica está contextualizada en actos de tortura tanto físicos como mentales durante el proceso de gestación, el parto, post parto y puerperio en instituciones de salud del Estado, donde, incluso, las gestantes y sus hijos han muerto durante el alumbramiento.


Afirmó que con las reformas legislativas, aprobadas por mayoría, se abolirá la violencia obstétrica institucional lo que permitirá que las mujeres tengan un mejor trato institucional donde se respeten sus derechos humanos y reproductivos.


Afirmó que era necesario reconocer la existencia de la violencia obstétrica institucional, primero, para luego procurar leyes que la erradicaran en beneficio de las madres y de sus hijos.


Destacó que de acuerdo al Instituto Nacional de Estadística y Geografía en su valoración del 2011, la mortalidad materna entre mujeres de entre 15 y 49 años se dio en 50 mujeres por cada 100 mil nacidos; 24% fueron defunciones obstétricas indirectas y 76% por complicaciones obstétricas, de las cuales 32% fueron por enfermedades hipertensivas del embarazo y 30% por hemorragia durante el embarazo, parto y puerperio a nivel nacional.


Para el caso del DF destacó que del universo de mujeres de 15 años y más ocurrieron 47 fallecimientos por cada 100 mil nacidos, debido a complicaciones del embarazo o durante el puerperio y dichas muertes se dieron, mayormente, entre la semana 1 y 14 del embarazo.


En ese sentido señaló que desafortunadamente las cifras siguen siendo alarmantes por que tan sólo el 10% de las mujeres puérperas no fueron revisadas durante esta etapa. Precisó que por ello fue imprescindible incluir este tipo de violencia en la Ley, con la finalidad de visibilizar la problemática existente, y por ende disminuirla.


Citó que de acuerdo al Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), y a la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) la violencia obstétrica se origina por dos fenómenos: la violencia de género y la violencia institucional.


Explicó que la violencia institucional está íntimamente ligada a actos u omisiones llevados a cabo por servidores públicos que ejercen la discriminación y/o obstaculizan o impiden el goce y ejercicio de los derechos humanos de las mujeres.


También refirió que ésta deviene de problemas estructurales donde persisten patrones socio-culturales como el machismo, misoginia y sexismo que se traducen en actos de discriminación, que giran en torno a mitos, estigmas y prejuicios.


Afortunadamente, dijo, todos los diputados apoyaron esta iniciativa y se aprobó a favor de las mujeres de la ciudad de México, patrón, que debieran seguir todas las entidades federativas y reconocer este tipo de violencia, como ya lo hicieron Chiapas, Durango, Guanajuato y Veracruz.


Mencionó los casos de violencia ejercida por el personal de salud en contra de las mujeres durante el embarazo, parto y puerperio como las omisiones en la atención obstétrica, incluyendo los casos de urgencia, la falta de un trato cortés y respetuoso que deben desaparecer.


Agregó los casos para desalentar el apego del recién nacido y la madre, impidiendo a ésta cargar o amantar al bebé; utilizar técnicas de aceleración del parto; realizar cesáreas en forma injustificada; ejecutar prácticas que no cuenten con el consentimiento informado de la mujer, como la esterilización forzada; vulnerar el derecho a la intimidad, a través de la revisión masiva del cuerpo y los órganos genitales, también deben ser proscritos.

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